Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-7063)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española, para el asesoramiento jurídico de mujeres españolas víctimas de violencia en el extranjero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 48699

2. Que el artículo 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares
de 1963, dispone que es función propia de las Oficinas Consulares la protección y
asistencia en el Estado receptor de los nacionales del Estado que envía.
3. Que de conformidad al artículo 22.2 a) del Real Decreto 1184/2024, de 28 de
noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, corresponde a la Dirección General
de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares la propuesta y ejecución de la
política de protección de las personas de nacionalidad española en el extranjero, con
particular atención a los colectivos especialmente vulnerables, incluyendo en este
apartado a las víctimas españolas de violencia contra la mujer, a sus hijos e hijas
menores de edad y a las personas españolas sujetas a su tutela, o guarda y custodia.
4. Que de conformidad con el Acuerdo Interministerial de Cooperación para la
atención, el traslado y el retorno de las españolas víctimas de violencia contra las
mujeres en el exterior, firmado el 16 de julio de 2024, se establece como objetivo
prioritario de la asistencia consular española la ayuda a las ciudadanas españolas y sus
hijos e hijas menores de edad, que encontrándose en el extranjero resulten víctimas de
actos de violencia que encajen en la definición del artículo tercero del Convenio del
Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la
violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011 (en adelante, Convenio
de Estambul).
5. Que, con dicha finalidad, de acuerdo con el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación podrá establecer los oportunos convenios con otras
Administraciones Públicas o con entidades privadas a fin de mejorar la gestión pública y
contribuir a la realización de actividades de utilidad pública.
6. Que la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española, creada por el
Consejo General de la Abogacía Española en el año 2003, es una entidad sin ánimo de
lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus
fines, que son la defensa y promoción de los derechos humanos, a través de proyectos
propios o en colaboración con cualquier otra entidad pública o privada.
7. Que el Consejo General de la Abogacía Española es el órgano coordinador y
representativo de los Colegios Oficiales de la Abogacía de España, en cuanto a las
funciones que le son propias y se regulan en sus Estatutos, además de promover,
organizar y colaborar, dentro de la función social de la Abogacía, actividades o servicios
en interés de la sociedad.
8. Que con fecha 9 de octubre de 2020 se formalizó Convenio entre el Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y la Fundación del Consejo General
de la Abogacía Española, para el asesoramiento jurídico de mujeres españolas víctimas
de violencia en el extranjero, en cuya cláusula décima se previó una vigencia de cuatro
años a partir de la fecha de su publicación, pudiendo prorrogarse en cualquier momento
antes de su finalización por acuerdo unánime de los firmantes por un periodo de hasta
cuatro años adicionales.
9. Que es voluntad de las partes renovar el citado marco de colaboración iniciado
en fecha 9 de octubre de 2020 para atender y asesorar en el ámbito jurídico a mujeres
españolas en el extranjero víctimas de todas las formas de violencia sobre las mujeres,
adoptando un nuevo convenio acorde con las obligaciones derivadas de la normativa
vigente.
cve: BOE-A-2025-7063
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Núm. 85