Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2025-7055)
Resolución de 25 de marzo de 2025, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado/a especialista en Ciencias de la Salud: Obstetricia y Ginecología.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Martes 8 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 48617

– La consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir
en el desarrollo del proceso selectivo, adoptando al respecto las decisiones motivadas
que estime pertinentes.
– La publicación de un cronograma orientativo con las fechas de desarrollo del
proceso selectivo en la página web del INGESA.
8.11 Se procederá a publicar en la página web del INGESA (https://
ingesa.sanidad.gob.es/) un breve currículum profesional de los miembros del Tribunal
que figuran en el anexo VII.
Desarrollo y superación del proceso selectivo

9.1 El ejercicio de la fase de oposición se celebrará dentro del plazo de un año
desde la publicación de la presente convocatoria de acuerdo con lo establecido en el
artículo 3.4 del Real Decreto 656/2024, de 2 de julio.
9.2 El mencionado ejercicio de la fase de oposición se realizará en las ciudades de
Ceuta y/o Melilla, debiendo la persona interesada indicar en la solicitud la localidad en la
que desea realizar el examen, sin que dicha elección sea relevante en una eventual
elección de plaza en caso de superación del proceso selectivo. Su no presentación o su
comparecencia en una localidad distinta a la indicada en la solicitud, supondrá la
exclusión de la persona interesada del proceso selectivo.
9.3 El orden de actuación de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», de conformidad con lo
previsto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función
Pública (BOE del 31).
9.4 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único para el
ejercicio de la fase de oposición, siendo excluidas de la oposición quienes no
comparezcan. Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de
riesgo o de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en
cualquiera de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará
condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección.
En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación
de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
9.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes, quienes deberán concurrir a la
celebración del ejercicio con DNI, NIE, pasaporte o permiso de conducir. Asimismo, si
tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de
los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la autoridad
convocante, previa audiencia de la persona interesada.
9.6 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la
relación de personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para
superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
9.7 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un
plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación de personas aprobadas, para aportar a través de los registros a que se refiere el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, la documentación acreditativa de los méritos
alegados en la fase de concurso, así como la titulación requerida para el acceso a la
categoría/especialidad, cuya no presentación supondrá la no valoración de la persona
aspirante en la fase de concurso.
9.8 El Tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en el concurso,
con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del baremo y la
puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a

cve: BOE-A-2025-7055
Verificable en https://www.boe.es

9.