Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-7001)
Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Lunes 7 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 47857

La propuesta de provisión deberá publicarse en el TEO en el plazo máximo de treinta
días hábiles desde la constitución de la comisión, junto con el acta de cualificaciones. Si
por causa justificada la comisión no pudiese resolver en el citado plazo, la presidencia de
la comisión podrá solicitar al rector un plazo adicional de quince días hábiles. De no
cumplirse los plazos, se nombrará una nueva presidencia.
6.2

Documentación a presentar por la persona propuesta.

La persona propuesta en primer lugar deberá presentar en el Servicio de PDI, en el
plazo de veinte días contados desde el siguiente a la publicación de la propuesta, la
siguiente documentación:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a de ninguna
administración pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para
el ejercicio de las funciones docentes y asistenciales.
Las personas candidatas que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el
acceso a la función pública, según lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre
(«Boletín Oficial del Estado» del 24).
b) Certificado médico oficial o informe de salud de no padecer ninguna enfermedad
ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones
correspondientes a profesor/a de universidad.
c) Declaración jurada o promesa de no incurrir en incompatibilidad según lo
establecido en la Ley 53/1984, de 26 de septiembre, de Incompatibilidades del Personal
al Servicio de las Administraciones Públicas.
Plazo de reclamaciones.

Las personas concursantes podrán presentar reclamaciones razonadas en un plazo
de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de los
resultados, a través del registro electrónico de la UDC, dirigidas al Servicio de PDI.
Transcurrido el plazo, y en el supuesto de no haber reclamaciones contra la
propuesta, la presidencia de la comisión remitirá todas las actuaciones practicadas en
formato electrónico, al Servicio de PDI, a efectos de que el rector dicte la resolución del
concurso, que se publicará en el BOE, en el DOG y en el TEO.
En el supuesto de que se presentase reclamación, la comisión trasladará el
expediente administrativo del concurso, acompañado de un informe razonado sobre ésta
al Servicio de PDI, en el plazo máximo de cinco días hábiles, que lo remitirá a la
presidencia de la Comisión de reclamaciones de plazas de profesorado de los cuerpos
docentes universitarios. El nombramiento se suspenderá hasta que recaiga resolución
rectoral.
La comisión de reclamaciones deberá formular su propuesta razonada en el plazo
máximo de tres meses desde la recepción de las actuaciones o del expediente
administrativo del concurso. A estos efectos podrá solicitar los asesoramientos que
estime oportunos. Después de que transcurra el plazo anterior sin notificar la resolución
se entenderá desestimada la reclamación presentada.
La comisión de reclamaciones oirá a los miembros de la comisión contra cuya
propuesta se haya presentado reclamación y las personas candidatas que hayan
participado en las mismas, y examinará el expediente del concurso para velar por el
cumplimiento de las garantías establecidas. Podrá ratificar o no la propuesta de la
comisión de selección.
7.

Nombramiento

El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el rector,
después de que la persona propuesta haya presentado los documentos exigidos en el
apartado 6.2 en el plazo establecido. El nombramiento especificará la denominación de

cve: BOE-A-2025-7001
Verificable en https://www.boe.es

6.3