Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-6937)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación alternativa de una finca, por haberse presentado en la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria alegaciones por parte de uno de los colindantes notificados, que alega invasión de su finca.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Sábado 5 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 47284
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
6937
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2, por la que se deniega la
inscripción de la georreferenciación alternativa de una finca, por haberse
presentado en la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria alegaciones por parte de uno de los colindantes notificados, que
alega invasión de su finca.
En el recurso interpuesto por don A. P. S. contra la nota de calificación del registrador
de la Propiedad de Estepona número 2, don Ricardo Alfaro Roa, por la que se deniega la
inscripción de la georreferenciación alternativa de una finca, por haberse presentado en
la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria alegaciones por parte
de uno de los colindantes notificados, que alega invasión de su finca.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita por don A. P. S. con firma ratificada ante el
registrador de la Propiedad el día el 10 de julio de 2024, se solicitaba la inscripción de la
georreferenciación alternativa correspondiente con la identidad de la finca registral
número 53.565 del término de Estepona, acompañando informe catastral de validación
técnica de la georreferenciación alternativa de resultado positivo con código seguro de
verificación.
II
«Visto por Don Ricardo Alfaro Roa, Registrador de la Propiedad Número Dos del
Distrito Hipotecario de Estepona, Provincia de Málaga, el procedimiento registral
identificado con el número de entrada 5855, iniciado como consecuencia de
presentación en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de
solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Hechos.
I. El documento objeto de la presente calificación, suscrito por Don P. S., A., el
día 09/07/2024, fue presentado en este Registro por P. S., A., el día 10/07/2024, asiento
número 977 del Diario 2024.
cve: BOE-A-2025-6937
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 10 de julio de 2024 dicha instancia en el Registro de la Propiedad
de Estepona número 2, e iniciada la tramitación del expediente del artículo 199.2 de la
Ley Hipotecaria, con citación a los colindantes registrales y catastrales por tratarse de
una georreferenciación alternativa a la catastral, se formularon alegaciones y fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
Núm. 83
Sábado 5 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 47284
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
6937
Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2, por la que se deniega la
inscripción de la georreferenciación alternativa de una finca, por haberse
presentado en la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria alegaciones por parte de uno de los colindantes notificados, que
alega invasión de su finca.
En el recurso interpuesto por don A. P. S. contra la nota de calificación del registrador
de la Propiedad de Estepona número 2, don Ricardo Alfaro Roa, por la que se deniega la
inscripción de la georreferenciación alternativa de una finca, por haberse presentado en
la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria alegaciones por parte
de uno de los colindantes notificados, que alega invasión de su finca.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita por don A. P. S. con firma ratificada ante el
registrador de la Propiedad el día el 10 de julio de 2024, se solicitaba la inscripción de la
georreferenciación alternativa correspondiente con la identidad de la finca registral
número 53.565 del término de Estepona, acompañando informe catastral de validación
técnica de la georreferenciación alternativa de resultado positivo con código seguro de
verificación.
II
«Visto por Don Ricardo Alfaro Roa, Registrador de la Propiedad Número Dos del
Distrito Hipotecario de Estepona, Provincia de Málaga, el procedimiento registral
identificado con el número de entrada 5855, iniciado como consecuencia de
presentación en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de
solicitud de inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:
Hechos.
I. El documento objeto de la presente calificación, suscrito por Don P. S., A., el
día 09/07/2024, fue presentado en este Registro por P. S., A., el día 10/07/2024, asiento
número 977 del Diario 2024.
cve: BOE-A-2025-6937
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 10 de julio de 2024 dicha instancia en el Registro de la Propiedad
de Estepona número 2, e iniciada la tramitación del expediente del artículo 199.2 de la
Ley Hipotecaria, con citación a los colindantes registrales y catastrales por tratarse de
una georreferenciación alternativa a la catastral, se formularon alegaciones y fue objeto
de la siguiente nota de calificación: