Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2025-6924)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento industrial, con letras de identificación CCG-RI, y sus anexos, para ser utilizado por Crede Capital Group, SL.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Sábado 5 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 47161
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO INDUSTRIAL (RENTING)
CONDICIONES PARTICULARES
Mod.CCG-RI aprobado por la Resolución de la DGSJFP, de fecha [ ]”
CONTRATO Nº
Opción II) Asimismo, el Arrendador contratará, en su condición de tomador, un seguro de responsabilidad civil
por daños causados a terceros, en personas o bienes, como consecuencia de la posesión y uso de los Bienes, en
cuantía suficiente para hacer frente a los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la Arrendataria a terceros como
consecuencia del ejercicio de su actividad. El coste del referido seguro será repercutido a la Arrendataria.
Opción III) Sin perjuicio del resto de compromisos asumidos en virtud del presente Contrato, tanto en las
condiciones particulares, como en las generales, el Arrendatario, en un plazo máximo de dos semanas desde la
entrada en vigor del Contrato, suscribirá y mantendrá en vigor hasta su terminación una póliza de seguros a todo
riesgo sobre los Bienes objeto de Arrendamiento por un importe mínimo equivalente al coste total de
recuperación de los Bienes y un seguro de responsabilidad civil por daños causados a terceros, en personas o
bienes, como consecuencia de la posesión y uso de los Bienes, en cuantía suficiente para hacer frente a los daños
y perjuicios que pudiera ocasionar a terceros como consecuencia del ejercicio de su actividad y, si ya lo tuviera
concertado, procederá a incorporar al mismo los Bienes objeto de presente Contrato. El incumplimiento de esta
condición en el plazo señalado facultará al Arrendador a contratar los seguros indicados y a repercutir su coste al
Arrendatario, así como un importe adicional del 20% en concepto de penalización por el retraso en la
contratación. El Arrendatario remitirá al Arrendador una copia de las pólizas de seguro concertadas, de sus
renovaciones sucesivas y, en su caso, de un justificante que le acredite estar al corriente del pago de las primas
del seguro. Las pólizas referidas no podrán ser anuladas, ni modificadas, sin el consentimiento del Arrendador. El
seguro a todo riesgo contratado deberá contener una cláusula designando beneficiario, con carácter irrevocable,
de la indemnización al Arrendador, pactándose además con la compañía de seguros que esta informará al
Arrendador, de las moras en que pueda incurrir el Arrendatario.
Opción IV) El importe de la cuota incluye un seguro a todo riesgo sobre los Bienes objeto del Contrato y un
seguro de responsabilidad civil, contratados por el Arrendador como tomador, de conformidad con los términos
y condiciones establecidos en la Condición General I.
El importe total de la prima de seguros contratada por el Arrendador asciende a la cantidad de _____________
Otras condiciones:
En caso de que los bienes objeto del arrendamiento se encuentren en un establecimiento que no sea propiedad
del Arrendatario, se establece un plazo máximo de 15 días hábiles desde la firma de este contrato para la recepción
de la carta de renuncia del/los propietario/s sobre los bienes objeto de este contrato. El incumplimiento de esta
condición dará origen a la resolución anticipada del mismo.
D. FORMA DE PAGO
Todos los pagos que deba efectuar el Arrendatario en virtud de este Contrato se realizarán mediante
domiciliación bancaria, de acuerdo con el mandato SEPA debidamente suscrito por el Arrendatario (Anexo 4).
El abono de dicho importe se realizará______________________________________ (por anticipado/ a mes
vencido) el día 1 de cada mes natural.
El Arrendatario satisfará el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido, junto con el importe de la renta
pactada, al tipo que sea legalmente exigible en cada momento, así como cualquier otro tributo, tasa, recargo o
exacción, que, en el futuro, fuese legalmente exigible.
DE PAGO: ****************
****************
(*) Cualquier modificación deberá ser comunicada
con 30 días de antelación como mínimo
Fecha de primer pago:
Se computarán en la primera renta los importes que
correspondan a los días que medien entre la fecha de firma
del certificado de Aceptación por el Arrendatario y el día de
abono de la primera renta, así como la renta
correspondiente al mes entrante
E. CERTIFICADO DE ACEPTACIÓN
A la recepción de los Bienes, el Arrendatario firmará el Certificado de Aceptación -conforme al modelo que se
adjunta como Anexo 2 a este Contrato- como declaración expresa de haber recibido a su plena satisfacción y sin
En
Fecha
Arrendatario 1
En
Fecha
Arrendatario 2
En
Fecha
Fiador/es Solidario/s
En
Fecha
Arrendador
cve: BOE-A-2025-6924
Verificable en https://www.boe.es
DOMICILIO
Núm. 83
Sábado 5 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 47161
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO INDUSTRIAL (RENTING)
CONDICIONES PARTICULARES
Mod.CCG-RI aprobado por la Resolución de la DGSJFP, de fecha [ ]”
CONTRATO Nº
Opción II) Asimismo, el Arrendador contratará, en su condición de tomador, un seguro de responsabilidad civil
por daños causados a terceros, en personas o bienes, como consecuencia de la posesión y uso de los Bienes, en
cuantía suficiente para hacer frente a los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la Arrendataria a terceros como
consecuencia del ejercicio de su actividad. El coste del referido seguro será repercutido a la Arrendataria.
Opción III) Sin perjuicio del resto de compromisos asumidos en virtud del presente Contrato, tanto en las
condiciones particulares, como en las generales, el Arrendatario, en un plazo máximo de dos semanas desde la
entrada en vigor del Contrato, suscribirá y mantendrá en vigor hasta su terminación una póliza de seguros a todo
riesgo sobre los Bienes objeto de Arrendamiento por un importe mínimo equivalente al coste total de
recuperación de los Bienes y un seguro de responsabilidad civil por daños causados a terceros, en personas o
bienes, como consecuencia de la posesión y uso de los Bienes, en cuantía suficiente para hacer frente a los daños
y perjuicios que pudiera ocasionar a terceros como consecuencia del ejercicio de su actividad y, si ya lo tuviera
concertado, procederá a incorporar al mismo los Bienes objeto de presente Contrato. El incumplimiento de esta
condición en el plazo señalado facultará al Arrendador a contratar los seguros indicados y a repercutir su coste al
Arrendatario, así como un importe adicional del 20% en concepto de penalización por el retraso en la
contratación. El Arrendatario remitirá al Arrendador una copia de las pólizas de seguro concertadas, de sus
renovaciones sucesivas y, en su caso, de un justificante que le acredite estar al corriente del pago de las primas
del seguro. Las pólizas referidas no podrán ser anuladas, ni modificadas, sin el consentimiento del Arrendador. El
seguro a todo riesgo contratado deberá contener una cláusula designando beneficiario, con carácter irrevocable,
de la indemnización al Arrendador, pactándose además con la compañía de seguros que esta informará al
Arrendador, de las moras en que pueda incurrir el Arrendatario.
Opción IV) El importe de la cuota incluye un seguro a todo riesgo sobre los Bienes objeto del Contrato y un
seguro de responsabilidad civil, contratados por el Arrendador como tomador, de conformidad con los términos
y condiciones establecidos en la Condición General I.
El importe total de la prima de seguros contratada por el Arrendador asciende a la cantidad de _____________
Otras condiciones:
En caso de que los bienes objeto del arrendamiento se encuentren en un establecimiento que no sea propiedad
del Arrendatario, se establece un plazo máximo de 15 días hábiles desde la firma de este contrato para la recepción
de la carta de renuncia del/los propietario/s sobre los bienes objeto de este contrato. El incumplimiento de esta
condición dará origen a la resolución anticipada del mismo.
D. FORMA DE PAGO
Todos los pagos que deba efectuar el Arrendatario en virtud de este Contrato se realizarán mediante
domiciliación bancaria, de acuerdo con el mandato SEPA debidamente suscrito por el Arrendatario (Anexo 4).
El abono de dicho importe se realizará______________________________________ (por anticipado/ a mes
vencido) el día 1 de cada mes natural.
El Arrendatario satisfará el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido, junto con el importe de la renta
pactada, al tipo que sea legalmente exigible en cada momento, así como cualquier otro tributo, tasa, recargo o
exacción, que, en el futuro, fuese legalmente exigible.
DE PAGO: ****************
****************
(*) Cualquier modificación deberá ser comunicada
con 30 días de antelación como mínimo
Fecha de primer pago:
Se computarán en la primera renta los importes que
correspondan a los días que medien entre la fecha de firma
del certificado de Aceptación por el Arrendatario y el día de
abono de la primera renta, así como la renta
correspondiente al mes entrante
E. CERTIFICADO DE ACEPTACIÓN
A la recepción de los Bienes, el Arrendatario firmará el Certificado de Aceptación -conforme al modelo que se
adjunta como Anexo 2 a este Contrato- como declaración expresa de haber recibido a su plena satisfacción y sin
En
Fecha
Arrendatario 1
En
Fecha
Arrendatario 2
En
Fecha
Fiador/es Solidario/s
En
Fecha
Arrendador
cve: BOE-A-2025-6924
Verificable en https://www.boe.es
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