Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6873)
Resolución de 31 de marzo de 2025, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se publica el Convenio con la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, para la realización de proyectos de restauración y digitalización de obras audiovisuales en soporte fotoquímico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82
Viernes 4 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 47074
actuaciones oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación correspondiente.
Décima.
Naturaleza, régimen jurídico y jurisdicción.
El convenio, de naturaleza administrativa, se rige por lo establecido en el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y demás normativa que resulte de aplicación.
Las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación, así
como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución. En ausencia de
acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo competentes.
cve: BOE-A-2025-6873
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman electrónicamente el presente convenio, en Madrid en la fecha que se indica.–Por
el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., el Director General,
Ignacio Camós Victoria.–Por la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas
de España, el Presidente, Fernando Méndez-Leite Serrano y el Vicepresidente, Rafael
Portela Freire.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 82
Viernes 4 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 47074
actuaciones oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación correspondiente.
Décima.
Naturaleza, régimen jurídico y jurisdicción.
El convenio, de naturaleza administrativa, se rige por lo establecido en el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y demás normativa que resulte de aplicación.
Las partes resolverán de mutuo acuerdo cualquier problema de interpretación, así
como las controversias que pudieran suscitarse durante su ejecución. En ausencia de
acuerdo, se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo competentes.
cve: BOE-A-2025-6873
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Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman electrónicamente el presente convenio, en Madrid en la fecha que se indica.–Por
el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., el Director General,
Ignacio Camós Victoria.–Por la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas
de España, el Presidente, Fernando Méndez-Leite Serrano y el Vicepresidente, Rafael
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