Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6856)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, en materia de intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoria con las entidades locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Viernes 4 de abril de 2025
Quinta.

Sec. III. Pág. 46942

Modificación del anexo II del convenio.

Se modifica el anexo II del convenio, relativo al acto de adhesión al convenio de las
Entidades Locales, que queda redactado como sigue:
«ANEXO II
Acto de adhesión al convenio de la Entidad Local XXX
Don/doña ..................................., en representación de la Entidad Local de
XXXX, nombrado por …… y en ejercicio de sus competencias recogidas en ……
Manifiesta:
Que con fecha …… de ……… de 2021, la Agencia Tributaria y la FEMP
suscribieron el “Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y la Federación Española de Municipios y Provincias en materia de
intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoria con
las Entidades Locales”.
Que mediante la suscripción del presente acto de adhesión, la Entidad Local
………………………, expresa su voluntad de adherirse a dicho convenio, y acepta
de forma incondicionada la totalidad de sus cláusulas en cuanto le sea de
aplicación.
La adhesión tiene efectos desde la fecha de inscripción de la presente acta en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal, previa firma, y perdurará durante el periodo de vigencia del
citado convenio.
Asimismo, la Entidad Local que se adhiere declara bajo su responsabilidad
que su política de seguridad de la información se rige por lo dispuesto en el Real
Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de
Seguridad, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y, en el caso de que se
utilicen infraestructuras de terceros, por la Resolución de 28 de junio de 2012, de
la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la
Norma Técnica de Interoperabilidad de Protocolos de intermediación de datos, por
lo que se garantiza que todos los suministros de información que se soliciten al
amparo del convenio se regirán por la citada normativa.
Fecha y firma del/de la Alcalde/sa Presidente/a de la Entidad Local.
A/A Titular del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
(La adhesión al convenio se hará llegar por conducto de la FEMP).»

Las modificaciones del convenio contenidas en la presente adenda serán de
aplicación desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, la adenda se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado».
Séptima.

Eficacia de la prórroga.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio entre la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y la Federación Española de Municipios y Provincias, de
fecha 18 de marzo de 2021, en materia de intercambio de información tributaria y
colaboración en la gestión recaudatoria con las entidades locales.

cve: BOE-A-2025-6856
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Eficacia de las modificaciones.