Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-6777)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, para la ejecución de las actuaciones incluidas en el Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los fondos «Next Generation».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 46318

Algunas actuaciones también sufrieron cambios en el presupuesto total y en el
reparto entre actuaciones, como la actuación 12F1/1_CEIP Plurilingue Virxe da Luz, que
en el convenio tenía originariamente únicamente actuaciones TIPO A por importe
de 732.224 euros, siendo este el coste total de la obra. Sin embargo, con la modificación
aprobada se dividió el coste en: TIPO A: 464.517 euros, TIPO C: 25.079 euros, TIPO D:
255.148 euros, TIPO E: 54.477 euros, con un coste total de la obra sin impuestos
de 799.221 euros, de los cuales 661.937 euros son aportación PIREP y 305.121 euros
de la Xunta.
Además, la actuación, 12F2/1.-Edificio de Medio Ambiente de San Lázaro también
resultó modificada, de modo que, en el cálculo inicial, el coste de la obra sin impuestos
era de 2.368.576 euros + 497.401 euros (IVA), total 2.865.977 euros, aportando
PIREP 2.357.132 euros y la Xunta 508.845 euros. Con la modificación descrita el coste
total de la obra sin impuestos pasa a 2.674.727 euros + 561.693 euros (IVA),
total 3.236.420 euros. Por tanto, esa actuación tiene un cálculo modificado con
aportación de 2.661.804 euros por parte del PIREP y de 574.616 euros por parte de la
Xunta.
Asimismo, se introdujo otra modificación en la actuación de fase 2, 12F2/17
Restauración del edificio de la Agencia de Turismo de Galicia, inicialmente en Reserva.
En el cálculo inicial estaba fijado el coste de la obra sin impuestos en 2.374.115 +
498.564 euros (IVA), total de proyecto 2.872.679 euros, en los que no había aportación
Pirep, por lo que la Xunta soportaba en su totalidad dicha cuantía (con impuestos). Dicha
actuación paso a tener una aportación de 1.307.942 euros de la Xunta y 1.564.737 de
PIREP, todo ello dentro del marco de cumplimiento de los objetivos CID.
IV. Con fecha 7 de noviembre de 2023 se celebró una nueva Comisión Bilateral de
Seguimiento en la que se acordó un incremento del presupuesto total en la
actuación 12F2/1 Edificio CMATV de San Lázaro, Santiago de Compostela, que fue
asumido por la Comunidad, pasando la aportación autonómica para tal actuación
de 574.615,89 euros a 966,158,04 euros, comprobándose que el reajuste en la actuación
descrita era acorde al cumplimiento de los objetivos CID.
V. Posteriormente, con fecha 26 de junio de 2024 se celebró una nueva Comisión
Bilateral que tuvo por objeto el seguimiento de la evolución de las diez actuaciones
comprendidas en la Fase 1, así como de las dieciséis actuaciones de la Fase 2, sin que
se produjesen cambios en el anexo.
VI. Recientemente, en Comisión Bilateral celebrada el 19 de noviembre de 2024, la
Comunidad Autónoma propone una serie de modificaciones que determinan la
tramitación de la presente adenda al anexo I del convenio suscrito.
Con la presente adenda, la Comunidad Autónoma de Galicia propone realizar una
modificación del anexo I que consiste, por un lado, en el cambio de fase de la
actuación 12F2-14.–Remodelación de edificio Rúa Lalín, Vigo, que pasaría de fase 2 a
fase de Reserva, y por otro lado, en compensación ante la pérdida de la actuación
descrita, se establece la inclusión de seis actuaciones nuevas en fase 2, así como de
dos actuaciones más en fase de Reserva, modificación que supone un incremento de
metros cuadrados computables en el CID 37.
La Comunidad Autónoma de Galicia justifica la eliminación de la Fase 2 de la
actuación 12F2-14.–Remodelación de edificio Rúa Lalín debido a la envergadura y
complejidad técnica de dicha actuación, cuyo plazo de ejecución estaba fijado en quince
meses, por lo que existe riesgo de posible incumplimiento de finalizarla según el plazo
previsto por el convenio.
Asimismo, dicha Comunidad justifica la incorporación de nuevas actuaciones al
anexo I, argumentando que estas seis nuevas actuaciones pertenecen a la Consejería
de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, órgano ejecutor
encargado de gestionar la mayor parte de las actuaciones ya terminadas de la fase 1 y
parte de las de fase 2, por lo que su experiencia en la gestión de la documentación
justificativa, sumado a que el plazo de ejecución de las actuaciones propuestas, al
tratarse de centros educativos, se reduce a cinco meses, supone una garantía para el

cve: BOE-A-2025-6777
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Núm. 81