Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6569)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, O.A., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., relativo a la participación española en las ferias internacionales Jazzahead, Bime, Lamc, Womex y M pour Montreal/Mundial, en sus ediciones de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Martes 1 de abril de 2025
f)

Sec. III. Pág. 44557

Feria M pour Montreal/Mundial, presencial, en Montreal (Canadá):
ICEX

Veinte y cinco mil euros (25.000 €).

INAEM

Veinte y cinco mil euros (25.000 €).

Total

Cincuenta mil euros (50.000 €).

Las aportaciones del INAEM e ICEX expresadas en el presente documento tienen la
consideración de cuantías máximas a aportar. En el caso de que se produzcan cambios
en la configuración de las ferias (virtual/presencial) con respecto a las modalidades antes
indicadas, las Partes valorarán su participación en las mismas.
Asimismo, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento podrá aprobar reajustes de
las cantidades destinadas a cada feria, autorizando el traspaso de dinero de una a otra,
en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas
en el convenio, siempre que estos reajustes no supongan un incremento económico del
global de la aportación ni del plazo total.
ICEX será quien realice la contratación de todos los productos o servicios necesarios
para llevar a cabo las actividades definidas en el objeto del convenio, realizando
posteriormente el INAEM su aportación de la cuantía comprometida mediante
transferencia bancaria en la cuenta corriente a indicar por ICEX dentro de los
quince (15) días siguientes a la conclusión de cada uno de los citados eventos. La
transferencia se realizará toda vez que las Partes hayan firmado el correspondiente
certificado de conformidad.
Los eventuales ingresos que pudieran derivarse de la participación en los eventos de
las empresas españolas serán destinados íntegramente al pago de los costes asumidos
por ICEX como entidad que gestiona su cobro (descontados las cargas y tributos que, en
su caso, correspondan).
Cuarta. Promoción y difusión.
Las Partes se comprometen a que en toda la publicidad y en todo el material de
promoción y difusión de la participación española en las ferias aparecerán los logotipos
de las instituciones participantes junto con el logotipo y lema «Sounds from Spain»,
conforme a las instrucciones de uso que cada una de las Partes indique.
Las Partes consienten recíprocamente en autorizar el uso de sus denominaciones,
marcas y logotipos genéricos exclusivamente para las acciones objeto de este convenio.
Todos los diseños de los documentos, en su término más amplio, que sean utilizados
para la promoción y difusión del presente convenio serán acordados por las Partes con
carácter previo a su publicación.
Cada una de las Partes conservará la plena titularidad sobre cualquier derecho de
propiedad intelectual que les corresponda y, únicamente, se entenderán cedidos aquellos
derechos que lo sean de forma expresa y por escrito a lo largo de la vigencia del
presente convenio.
Las Partes se comprometen a consensuar el contenido de las notas de prensa que
ambas instituciones publiquen en relación con el objeto del presente convenio.
Propiedad intelectual.

ICEX y el INAEM son titulares por igual de los derechos de explotación (entre otros,
reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) de todos los trabajos,
materiales y creaciones de Propiedad Intelectual realizados en virtud del presente
convenio, para un ámbito territorial mundial y por la mayor duración que permita la ley,
siempre y cuando las Partes hagan un uso de estos derechos con la finalidad de cumplir
con los objetivos de este convenio.

cve: BOE-A-2025-6569
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.