Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6566)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78
Martes 1 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 44538
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
6566
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA.
El Abogado General del Estado y la Presidenta-Consejera Delegada de Paradores
de Turismo de España, S.M.E., SA, han suscrito, con fecha 6 de marzo de 2025, un
convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 27 de marzo de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA
REUNIDOS
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2025-6566
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148 de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, doña Raquel Sánchez Jiménez, actuando en nombre y representación
de Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, con domicilio social en calle José
Abascal, 2-4, 6.ª planta 28003 Madrid y NIF A79855201, en su condición de PresidentaConsejera Delegada, en ejercicio de las facultades que le atribuye su nombramiento por
el Consejo de Administración de la sociedad de 28 de diciembre de 2023, cuyos
acuerdos se elevaron a públicos bajo la fe de la Notario de Madrid, doña Blanca Entrena
Palomero, el 29 de diciembre de 2023, con número de protocolo 2977, debidamente
inscritos en el Registro Mercantil de Madrid.
Núm. 78
Martes 1 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 44538
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
6566
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA.
El Abogado General del Estado y la Presidenta-Consejera Delegada de Paradores
de Turismo de España, S.M.E., SA, han suscrito, con fecha 6 de marzo de 2025, un
convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 27 de marzo de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA
REUNIDOS
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.
cve: BOE-A-2025-6566
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148 de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, doña Raquel Sánchez Jiménez, actuando en nombre y representación
de Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, con domicilio social en calle José
Abascal, 2-4, 6.ª planta 28003 Madrid y NIF A79855201, en su condición de PresidentaConsejera Delegada, en ejercicio de las facultades que le atribuye su nombramiento por
el Consejo de Administración de la sociedad de 28 de diciembre de 2023, cuyos
acuerdos se elevaron a públicos bajo la fe de la Notario de Madrid, doña Blanca Entrena
Palomero, el 29 de diciembre de 2023, con número de protocolo 2977, debidamente
inscritos en el Registro Mercantil de Madrid.