Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6573)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, O.A., y el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Martes 1 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 44600

Trabajo y Seguridad Social en los que adviertan incumplimientos de la obligación
de sigilo, anomalías o irregularidades en los accesos o en el régimen de control o
incumplimientos de los principios y reglas que deben presidir el suministro de
información, de acuerdo con lo previsto en este convenio.
Cualquier violación de seguridad relacionada con los datos personales que
constituya un riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas titulares
de los mismos, deberá ser notificada a la autoridad de control competente en
materia de protección de datos en el plazo de 72 horas desde que se tuvo
constancia de la misma.»
Segunda.

Régimen jurídico y eficacia de la adenda.

La cláusula decimoquinta del convenio de referencia establece que, mediante
acuerdo unánime de los firmantes este podrá ser objeto de modificación de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 49.d) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda surtirá efectos
tras su formalización, a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, debiéndose publicar
en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta adenda, en cuanto a su contenido y tramitación, está sometida al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2025-6573
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman la presente adenda de
modificación.–La Directora General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, María
del Carmen Armesto González-Rosón.–La Directora del Organismo Estatal Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, O.A., Cristina Fernández González.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X