Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6573)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, O.A., y el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Martes 1 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 44598

Organismo Autónomo todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 4 de julio 2019 el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social subscribieron un convenio,
iniciando su vigencia tras su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el 1 de agosto
de 2019, cuyo objeto era establecer el marco general de colaboración en lo relativo a la
gestión de asuntos comunes y la fijación de un «Plan Anual de Objetivos» para la lucha
contra el fraude en materia de Seguridad Social; para facilitar el acceso a las bases de
datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social por parte del Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social así como el perfeccionamiento profesional en
el conocimiento y utilización de las aplicaciones informáticas necesarias.
Segundo.
Que, en el año 2023, las partes suscriptoras del convenio de origen acordaron
prorrogar el mismo por un período de 4 años permaneciendo los compromisos
adquiridos inalterados durante el periodo de vigencia fijado mediante la citada adenda de
prórroga.
Tercero.
Que debido al cierre progresivo de antiguas aplicaciones del INSS como resultado de
un proceso de modernización de las herramientas de consulta y acceso a la información,
es conveniente modificar la cláusula novena del Convenio «Acceso ordinario a las bases
de datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social» mediante adenda de
modificación.
Cuarto.
Que en la actualidad se ha creado una única aplicación denominada iConsulto que
integra la información de las antiguas aplicaciones, entre ellas INFOBASS, herramienta
de consulta de legislación y criterios administrativos a la que se tiene acceso por el
OEITSS en base a los compromisos establecidos en el convenio de origen.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda
de modificación del convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Modificación de la cláusula novena del convenio.

«Novena. Acceso ordinario a las bases de datos del Instituto Nacional de la
Seguridad Social y cesión de los mismos.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social facilitará el acceso del Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social a sus bases de datos en modo
consulta, así como a la plataforma iConsulto, proporcionando las oportunas
transacciones para los funcionarios del OEITSS.
iConsulto es la aplicación que se constituye como el gestor de conocimiento
del INSS, contiene información sobre el régimen jurídico de las prestaciones

cve: BOE-A-2025-6573
Verificable en https://www.boe.es

La cláusula novena del convenio queda redactada con el siguiente tenor: