Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-6061)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Universidad de Extremadura, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de marzo de 2025
2.2
Sec. II.B. Pág. 40791
Requisitos específicos:
Podrán presentarse a los concursos de acceso a plazas de Profesor o Profesora
Titular de Universidad (TU) quienes hayan obtenido la acreditación para el acceso a
dicho cuerpo docente, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18
de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos
cuerpos; y en la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se crean las comisiones de
acreditación que valoran los méritos y competencias en el procedimiento de acreditación
estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Igualmente, de acuerdo con el párrafo segundo del artículo 71.2 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrán participar en los
concursos de acceso al cuerpo docente de Catedráticas y Catedráticos de
Universidad (CU), de acuerdo con lo establecido en el citado Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, el personal funcionario de carrera del cuerpo de Profesores y Profesoras
Titulares de Universidad que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios
efectivos bajo dicha condición y que hayan obtenido la acreditación para el acceso a ese
cuerpo docente.
Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes contarán con la
habilitación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el
derogado Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de
habilitación nacional, sin que el área de conocimiento de su habilitación resulte
condicionante para concursar a cualquiera de las plazas convocadas. Del mismo modo,
podrá concursar a las plazas convocadas en los respectivos cuerpos, el personal de los
cuerpos docentes de CU y de TU. A todos los efectos se entenderá que están habilitados
para TU los actuales Catedráticos o Catedráticas de Escuela Universitaria (CEU) y el
personal docente e investigador que se hubiese habilitado como CEU.
Igualmente, podrán presentarse a los concursos de los cuerpos respectivos el
personal docente e investigador de universidades de estados miembros de la Unión
Europea que hayan alcanzado una posición equivalente a la de CU o TU, de acuerdo
con la certificación emitida por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a
solicitud de la persona interesada. En esos casos, el nivel de conocimiento del idioma
castellano necesario para el desempeño de su labor docente será́ el C1 según el Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER).
Para la plaza del cupo de reserva de discapacidad, los candidatos deberán tener
reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33 % y aportar, además,
certificación de capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
En el caso de que la persona aspirante sea personal funcionario de cuerpos
docentes universitarios, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años
desde que haya obtenido una plaza mediante concurso en otra Universidad, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, podrán presentarse a los concursos de las plazas
comprendidas en la presente convocatoria, de promoción interna, quienes sean personal
funcionario de carrera en activo del cuerpo de profesores y profesoras titulares de
universidad con destino actual definitivo en la Universidad de Extremadura.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
cve: BOE-A-2025-6061
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 73
Miércoles 26 de marzo de 2025
2.2
Sec. II.B. Pág. 40791
Requisitos específicos:
Podrán presentarse a los concursos de acceso a plazas de Profesor o Profesora
Titular de Universidad (TU) quienes hayan obtenido la acreditación para el acceso a
dicho cuerpo docente, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18
de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos
cuerpos; y en la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se crean las comisiones de
acreditación que valoran los méritos y competencias en el procedimiento de acreditación
estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Igualmente, de acuerdo con el párrafo segundo del artículo 71.2 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrán participar en los
concursos de acceso al cuerpo docente de Catedráticas y Catedráticos de
Universidad (CU), de acuerdo con lo establecido en el citado Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, el personal funcionario de carrera del cuerpo de Profesores y Profesoras
Titulares de Universidad que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios
efectivos bajo dicha condición y que hayan obtenido la acreditación para el acceso a ese
cuerpo docente.
Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes contarán con la
habilitación para el acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el
derogado Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de
habilitación nacional, sin que el área de conocimiento de su habilitación resulte
condicionante para concursar a cualquiera de las plazas convocadas. Del mismo modo,
podrá concursar a las plazas convocadas en los respectivos cuerpos, el personal de los
cuerpos docentes de CU y de TU. A todos los efectos se entenderá que están habilitados
para TU los actuales Catedráticos o Catedráticas de Escuela Universitaria (CEU) y el
personal docente e investigador que se hubiese habilitado como CEU.
Igualmente, podrán presentarse a los concursos de los cuerpos respectivos el
personal docente e investigador de universidades de estados miembros de la Unión
Europea que hayan alcanzado una posición equivalente a la de CU o TU, de acuerdo
con la certificación emitida por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación, a
solicitud de la persona interesada. En esos casos, el nivel de conocimiento del idioma
castellano necesario para el desempeño de su labor docente será́ el C1 según el Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER).
Para la plaza del cupo de reserva de discapacidad, los candidatos deberán tener
reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33 % y aportar, además,
certificación de capacidad funcional para el desarrollo de las tareas.
En el caso de que la persona aspirante sea personal funcionario de cuerpos
docentes universitarios, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años
desde que haya obtenido una plaza mediante concurso en otra Universidad, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, podrán presentarse a los concursos de las plazas
comprendidas en la presente convocatoria, de promoción interna, quienes sean personal
funcionario de carrera en activo del cuerpo de profesores y profesoras titulares de
universidad con destino actual definitivo en la Universidad de Extremadura.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
cve: BOE-A-2025-6061
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Núm. 73