Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6086)
Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Real Sociedad Económica Extremeña de Amigos del País, de Badajoz, para la digitalización de una colección de prensa y revistas conservada en las instalaciones de la Real Sociedad Económica Extremeña de Amigos del País.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Miércoles 26 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 41026
El mecanismo estará presidido por uno de los miembros nombrados en
representación del Ministerio de Cultura y se reunirá a iniciativa de cualquiera de sus
miembros cuando considere que existen problemas de interpretación o ejecución del
convenio.
2. El mecanismo de seguimiento, vigilancia y control, mediante acuerdo entra las
partes, podrá modificar el listado de contenidos a digitalizar, incluido en el anexo a este
convenio, si circunstancias inesperadas hicieran imposible digitalizar lo previsto, siempre
y cuando se mantenga inalterable el número de páginas de la colección de prensa y
revistas conservada por la RSEEAP que es objeto de este convenio, y no se afecte al
contenido mínimo y esencial del mismo.
3. A la finalización del convenio, el Ministerio de Cultura elaborará una memoria en
la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes a través
del convenio.
Octava. Interpretación y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable el establecido en el capítulo VI del título preliminar (artículos 47 y ss.) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
En su defecto será competente para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos
jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Novena.
Portal de la Transparencia del Gobierno de España.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de la Transparencia del Gobierno de España en la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 8.1) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y buen
Gobierno.
Y en prueba de conformidad, se suscribe electrónicamente el presente convenio.–
Por el Ministerio de Cultura, la Directora General del Libro, el Cómic y la Lectura, María
José Gálvez Salvador.–Por la Real Sociedad Económica Extremeña de Amigos del País
de Badajoz, el Presidente, Emilio Cruz Villalón.
ANEXO
Listado de publicaciones digitalizables
Se digitalizarán mediante este convenio 900.000 de las publicaciones de este listado.
Periodo para digitalizar
Lugar de
publicación
Avisador de Badajoz, El: periódico de
intereses generales.
Desde el principio hasta el 4
de abril de 1883, desde el 1 de Badajoz.
enero de 1889 hasta el final.
Coalición, La.
1892,1893 y 1894 (números
sueltos) 1895-1903, 1907 y
1908 (Falta 1905).
Comercio: órgano de la cámara oficial de
comercio de Madrid.
1929-1936 (salvo Año XIX
Número 60 – 1929 junio).
Madrid.
cve: BOE-A-2025-6086
Verificable en https://www.boe.es
Títulos
Núm. 73
Miércoles 26 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 41026
El mecanismo estará presidido por uno de los miembros nombrados en
representación del Ministerio de Cultura y se reunirá a iniciativa de cualquiera de sus
miembros cuando considere que existen problemas de interpretación o ejecución del
convenio.
2. El mecanismo de seguimiento, vigilancia y control, mediante acuerdo entra las
partes, podrá modificar el listado de contenidos a digitalizar, incluido en el anexo a este
convenio, si circunstancias inesperadas hicieran imposible digitalizar lo previsto, siempre
y cuando se mantenga inalterable el número de páginas de la colección de prensa y
revistas conservada por la RSEEAP que es objeto de este convenio, y no se afecte al
contenido mínimo y esencial del mismo.
3. A la finalización del convenio, el Ministerio de Cultura elaborará una memoria en
la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes a través
del convenio.
Octava. Interpretación y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable el establecido en el capítulo VI del título preliminar (artículos 47 y ss.) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
En su defecto será competente para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos
jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Novena.
Portal de la Transparencia del Gobierno de España.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de la Transparencia del Gobierno de España en la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 8.1) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y buen
Gobierno.
Y en prueba de conformidad, se suscribe electrónicamente el presente convenio.–
Por el Ministerio de Cultura, la Directora General del Libro, el Cómic y la Lectura, María
José Gálvez Salvador.–Por la Real Sociedad Económica Extremeña de Amigos del País
de Badajoz, el Presidente, Emilio Cruz Villalón.
ANEXO
Listado de publicaciones digitalizables
Se digitalizarán mediante este convenio 900.000 de las publicaciones de este listado.
Periodo para digitalizar
Lugar de
publicación
Avisador de Badajoz, El: periódico de
intereses generales.
Desde el principio hasta el 4
de abril de 1883, desde el 1 de Badajoz.
enero de 1889 hasta el final.
Coalición, La.
1892,1893 y 1894 (números
sueltos) 1895-1903, 1907 y
1908 (Falta 1905).
Comercio: órgano de la cámara oficial de
comercio de Madrid.
1929-1936 (salvo Año XIX
Número 60 – 1929 junio).
Madrid.
cve: BOE-A-2025-6086
Verificable en https://www.boe.es
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