Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Documentación administrativa. (BOE-A-2025-6090)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publican y aprueban los calendarios de conservación, y se autoriza la eliminación de series documentales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

N.º dictamen
y código de
propuesta
CSCDA

Miércoles 26 de marzo de 2025

Título/productor

Sec. III. Pág. 41075

Dictamen

Plazo de
conservación
(años)

Eliminación parcial.
Conservación permanente:
– Cualquier documentación anterior a 1940.
– Registro Electrónico General de la AGE (REGAGE).
– Asientos registrales del Registro General de Entrada y Salida de
cada departamento y organismo (cualquier presentación física).
Eliminación total a los 5 años:
– Asientos registrales de los Registros internos, para control
administrativo interno de las diferentes Unidades. Salvo excepciones.
– Justificantes/recibos de presentación/salida o de transmisión, y
reparto a la Unidad destinataria, así como notificaciones a los
interesados.
Eliminación total a los 2 años desde la entrada en vigor del
Reglamento 203/2021:
– Documentos en soporte no electrónico que se encuentren en las
oficinas de asistencia en materia de registros, así como copias en
Registro de entrada y salida de documentos
papel presentadas por el interesado, de los que se haya obtenido una
(1889-…) / Secretaría de Estado de Función
copia electrónica auténtica.
Pública (R.D. 682/2021, de 3 de agosto) Eliminación total a los 6 meses:
115/2022 DG de Gobernanza Pública -SG de
– Las copias (electrónicas o en papel) de documentos dirigidos a otras
GTSC/10/20 Gobernanza en materia de Registros/
Unidades que puedan acumularse en las Unidades de registro como
22-1
Unidades de Registro/ Oficinas de Asistencia
consecuencia de la práctica de la Ventanilla Única.
en materia de Registro/ Secretarías de apoyo
– Documentos presentados por el interesado en soporte papel y/o en
(centros directivos y superiores);
soporte electrónico que por cualquier circunstancia no le puedan ser
Subdirecciones Generales, gabinetes, etc.).
devueltos en el momento de su presentación, una vez digitalizados.
– Las copias electrónicas (auténticas o no) acumuladas durante la
tramitación en las diferentes aplicaciones auxiliares (GEISER,
Portafirmas, etc.) una vez que los originales han sido despachados a
las Unidades de tramitación.
– Las colecciones de copias (electrónicas o impresas/fotocopiadas en
papel) formadas por las Secretarías de las Unidades de tramitación.
Salvo excepciones.
Acceso: parcialmente restringido.
Este dictamen deja sin efecto y sustituye los dictámenes anteriores de
la CSCDA siguientes:
– 19/2013.
– 25/2013.
– 14/2011.
– 43/2006.
– 44/2006.

5/2/6 m

Eliminación parcial.
Conservación permanente: documentación custodiada por la
Secretaría (si ésta se conserva) o, si no se conserva/localiza, de la
conservada (por este orden) en la Presidencia/resto de unidades AGE
Actas y expedientes de sesiones de órganos
con representación en el órgano.
116/2022
colegiados administrativos (1834-…) /
Eliminación total a los 5 años: en el resto de las unidades
GTSC/10/20
Órganos colegiados administrativos
(Presidencia/Vocalía) a los 5 años de la sesión, previa comprobación
22-2
(Documentación común a toda la AGE).
de la correcta conservación del periodo a eliminar en la Secretaría del
órgano colegiado o en el Archivo Central, Intermedio o Histórico
correspondiente.
Acceso: parcialmente restringido.

5
cve: BOE-A-2025-6090
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Núm. 73