Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. I. Disposiciones generales. Televisión digital terrestre. (BOE-A-2025-6004)
Real Decreto 250/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinadas medidas de impulso de la evolución tecnológica de la televisión digital terrestre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Miércoles 26 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 40598
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
6004
Real Decreto 250/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Plan
Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinadas
medidas de impulso de la evolución tecnológica de la televisión digital
terrestre.
El artículo 86 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones,
establece que corresponde al Gobierno la aprobación de los planes técnicos nacionales
de radiodifusión y televisión, en el marco de la competencia exclusiva del Estado para la
planificación, gestión y control del dominio público radioeléctrico reconocida en el
artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
Mediante el Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, se aprobó el Plan Técnico
Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regularon determinados aspectos para la
liberación del segundo dividendo digital. Dicho real decreto estableció las actuaciones a
realizar para la liberación de la banda del segundo dividendo digital (banda 694-790
MHz), del uso para la prestación del servicio de televisión digital terrestre (TDT), para
destinarla a la prestación de servicios de comunicaciones móviles de banda ancha. El
proceso de liberación de esta banda se completó el 31 de octubre de 2020, y esta banda
se está utilizando actualmente para la prestación de servicios de comunicaciones
electrónicas inalámbricas de banda ancha, con las condiciones técnicas establecidas en
la Decisión de Ejecución (UE) 2016/687, de 28 de abril de 2016, relativa a la
armonización de la banda de frecuencias de 694-790 MHz para los sistemas terrenales
capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda
ancha y para un uso nacional flexible en la Unión. De acuerdo con lo previsto en el Plan
técnico nacional el servicio de televisión digital terrestre se presta en la banda de
frecuencias de 470 a 694 MHz (canales radioeléctricos 21 a 48).
Entre otros aspectos, en el Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, se incluyeron
también algunas medidas para el impulso de la innovación tecnológica en los servicios
audiovisuales televisivos, en particular la implantación de la televisión de alta definición
(HD) y la introducción de la ultra alta definición (UHD), así como medidas para favorecer
la evolución futura de los equipos de difusión hacia tecnologías de mayor eficiencia
espectral, y para favorecer la evolución del parque de aparatos receptores de televisión
digital terrestre para poder recibir estas emisiones.
Asimismo, el 14 de febrero de 2024 se completó el cese de las emisiones TDT en
definición estándar, de manera que desde esa fecha todas las emisiones de televisión
digital terrestre en España son en alta definición (HD).
En el ámbito de la Unión Europea, el 25 de mayo de 2017 se publicó en el Diario
Oficial de la Unión Europea, la Decisión (UE) 2017/899 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de frecuencias de 470-790
MHz en la Unión, que tiene como objetivo garantizar un enfoque coordinado del uso de
esta banda en la Unión Europea de conformidad con objetivos comunes. Asimismo,
durante los últimos años se está produciendo un intenso debate en Europa entre los
Estados Miembros y la Comisión Europea sobre el futuro de la banda UHF y los usos de
dicha banda en los años venideros, y a largo plazo. Este debate se está desarrollando
fundamentalmente en el seno del Grupo de Política del Espectro de la Unión Europea,
que ha aprobado varios Dictámenes. Uno de los principales debates que se está
produciendo es la necesidad de la evolución tecnológica de la TDT para la introducción
cve: BOE-A-2025-6004
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 73
Miércoles 26 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 40598
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
6004
Real Decreto 250/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Plan
Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinadas
medidas de impulso de la evolución tecnológica de la televisión digital
terrestre.
El artículo 86 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones,
establece que corresponde al Gobierno la aprobación de los planes técnicos nacionales
de radiodifusión y televisión, en el marco de la competencia exclusiva del Estado para la
planificación, gestión y control del dominio público radioeléctrico reconocida en el
artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española.
Mediante el Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, se aprobó el Plan Técnico
Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regularon determinados aspectos para la
liberación del segundo dividendo digital. Dicho real decreto estableció las actuaciones a
realizar para la liberación de la banda del segundo dividendo digital (banda 694-790
MHz), del uso para la prestación del servicio de televisión digital terrestre (TDT), para
destinarla a la prestación de servicios de comunicaciones móviles de banda ancha. El
proceso de liberación de esta banda se completó el 31 de octubre de 2020, y esta banda
se está utilizando actualmente para la prestación de servicios de comunicaciones
electrónicas inalámbricas de banda ancha, con las condiciones técnicas establecidas en
la Decisión de Ejecución (UE) 2016/687, de 28 de abril de 2016, relativa a la
armonización de la banda de frecuencias de 694-790 MHz para los sistemas terrenales
capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda
ancha y para un uso nacional flexible en la Unión. De acuerdo con lo previsto en el Plan
técnico nacional el servicio de televisión digital terrestre se presta en la banda de
frecuencias de 470 a 694 MHz (canales radioeléctricos 21 a 48).
Entre otros aspectos, en el Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, se incluyeron
también algunas medidas para el impulso de la innovación tecnológica en los servicios
audiovisuales televisivos, en particular la implantación de la televisión de alta definición
(HD) y la introducción de la ultra alta definición (UHD), así como medidas para favorecer
la evolución futura de los equipos de difusión hacia tecnologías de mayor eficiencia
espectral, y para favorecer la evolución del parque de aparatos receptores de televisión
digital terrestre para poder recibir estas emisiones.
Asimismo, el 14 de febrero de 2024 se completó el cese de las emisiones TDT en
definición estándar, de manera que desde esa fecha todas las emisiones de televisión
digital terrestre en España son en alta definición (HD).
En el ámbito de la Unión Europea, el 25 de mayo de 2017 se publicó en el Diario
Oficial de la Unión Europea, la Decisión (UE) 2017/899 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de frecuencias de 470-790
MHz en la Unión, que tiene como objetivo garantizar un enfoque coordinado del uso de
esta banda en la Unión Europea de conformidad con objetivos comunes. Asimismo,
durante los últimos años se está produciendo un intenso debate en Europa entre los
Estados Miembros y la Comisión Europea sobre el futuro de la banda UHF y los usos de
dicha banda en los años venideros, y a largo plazo. Este debate se está desarrollando
fundamentalmente en el seno del Grupo de Política del Espectro de la Unión Europea,
que ha aprobado varios Dictámenes. Uno de los principales debates que se está
produciendo es la necesidad de la evolución tecnológica de la TDT para la introducción
cve: BOE-A-2025-6004
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