Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-5876)
Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Facultativa de Grado Medio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
2.
Sec. II.B. Pág. 40032
Experiencia profesional: Máximo 23 puntos.
Se valorará la experiencia profesional acreditada, conforme al siguiente baremo:
– Experiencia como personal funcionario en el Cuerpo o Escala de la plaza
convocada en la Universidad Carlos III de Madrid: 0,32 puntos por mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid: 0,11 puntos por
mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Administraciones Públicas: 0,09 puntos por mes trabajado.
Para acreditar la experiencia profesional será necesario presentar certificado
expedido por la Administración correspondiente que acredite los servicios prestados, en
el que deberá constar expresamente subgrupo, escala, antigüedad y jornada.
En el caso de poseer experiencia profesional como personal funcionario en la
Universidad Carlos III de Madrid no será necesaria la aportación del certificado por el
interesado, siendo adjuntada de oficio por la propia Universidad.
Únicamente se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente
proceso selectivo.
En el supuesto de que la jornada sea a tiempo parcial se computará como jornada
completa siempre que sea igual o superior al 50 % de ésta última. Si fuera inferior
al 50 %, contará proporcionalmente a la jornada realizada.
La experiencia profesional que se acredite en años se transformará en meses, a
razón de doce meses por año, y la expresada en días se transformará en meses, a razón
de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones,
resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
3.
Cursos de formación: Máximo 7 puntos.
–
–
–
–
Cursos hasta doce horas: 0,7 puntos por curso.
Cursos de trece a veinticinco horas: 0,9 puntos por curso.
Cursos de veintiséis a treinta y nueve horas: 1,1 puntos por curso.
Cursos de cuarenta horas o más: 1,3 puntos por curso.
Se tendrán en cuenta los cursos de formación realizados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente
proceso selectivo y para poder ser valorados, no pueden tener una antigüedad superior a
ocho años anteriores la citada fecha.
cve: BOE-A-2025-5876
Verificable en https://www.boe.es
Los cursos de formación y perfeccionamiento profesional, para su valoración en esta
fase, deberán relacionarse y numerarse en la Relación de cursos de formación que
figura en el anexo VI de esta convocatoria.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento organizados e impartidos
en la Universidad Carlos III de Madrid, cursos organizados por otras Universidades, así
como por otros centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales
dependientes de las administraciones públicas y cualquier otro financiado con fondos
públicos, aunque sean impartidos por una entidad privada, orientados al desempeño de
funciones en la Escala convocada bajo criterio del Tribunal Calificador. También se
valorará la obtención de certificaciones oficiales expedidas por entidades reconocidas en
el sector, siempre que dichas certificaciones incluyan la acreditación del número de
horas de formación realizadas.
Será de aplicación el siguiente baremo:
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
2.
Sec. II.B. Pág. 40032
Experiencia profesional: Máximo 23 puntos.
Se valorará la experiencia profesional acreditada, conforme al siguiente baremo:
– Experiencia como personal funcionario en el Cuerpo o Escala de la plaza
convocada en la Universidad Carlos III de Madrid: 0,32 puntos por mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid: 0,11 puntos por
mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Administraciones Públicas: 0,09 puntos por mes trabajado.
Para acreditar la experiencia profesional será necesario presentar certificado
expedido por la Administración correspondiente que acredite los servicios prestados, en
el que deberá constar expresamente subgrupo, escala, antigüedad y jornada.
En el caso de poseer experiencia profesional como personal funcionario en la
Universidad Carlos III de Madrid no será necesaria la aportación del certificado por el
interesado, siendo adjuntada de oficio por la propia Universidad.
Únicamente se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente
proceso selectivo.
En el supuesto de que la jornada sea a tiempo parcial se computará como jornada
completa siempre que sea igual o superior al 50 % de ésta última. Si fuera inferior
al 50 %, contará proporcionalmente a la jornada realizada.
La experiencia profesional que se acredite en años se transformará en meses, a
razón de doce meses por año, y la expresada en días se transformará en meses, a razón
de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones,
resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
3.
Cursos de formación: Máximo 7 puntos.
–
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–
Cursos hasta doce horas: 0,7 puntos por curso.
Cursos de trece a veinticinco horas: 0,9 puntos por curso.
Cursos de veintiséis a treinta y nueve horas: 1,1 puntos por curso.
Cursos de cuarenta horas o más: 1,3 puntos por curso.
Se tendrán en cuenta los cursos de formación realizados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente
proceso selectivo y para poder ser valorados, no pueden tener una antigüedad superior a
ocho años anteriores la citada fecha.
cve: BOE-A-2025-5876
Verificable en https://www.boe.es
Los cursos de formación y perfeccionamiento profesional, para su valoración en esta
fase, deberán relacionarse y numerarse en la Relación de cursos de formación que
figura en el anexo VI de esta convocatoria.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento organizados e impartidos
en la Universidad Carlos III de Madrid, cursos organizados por otras Universidades, así
como por otros centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales
dependientes de las administraciones públicas y cualquier otro financiado con fondos
públicos, aunque sean impartidos por una entidad privada, orientados al desempeño de
funciones en la Escala convocada bajo criterio del Tribunal Calificador. También se
valorará la obtención de certificaciones oficiales expedidas por entidades reconocidas en
el sector, siempre que dichas certificaciones incluyan la acreditación del número de
horas de formación realizadas.
Será de aplicación el siguiente baremo: