Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Halterofilia. Estatutos. (BOE-A-2025-5816)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Halterofilia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Sábado 22 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38994
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
5816
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación
Española de Halterofilia.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 12 de noviembre de 2024, ratificó la modificación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Halterofilia, autorizando su inscripción en el Registro
Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022 de 30 de
diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Halterofilia, contenidos en el anexo a la presente
resolución.
Madrid, 7 de marzo de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Halterofilia
CAPÍTULO I
Denominación, objeto y domicilio
Artículo 1. Denominación y naturaleza jurídica.
La Real Federación Española de Halterofilia es una Entidad Asociativa privada, con
personalidad jurídica propia e independiente de sus asociados, declarada por Ley de
utilidad pública, cuyo ámbito de actuación se extiende al conjunto del territorio del Estado
Español, y que se rige por lo dispuesto en la Ley del Deporte, por los reglamentos de
desarrollo de dicha ley, por los presentes Estatutos y por sus reglamentos internos.
Al formar parte del objeto de la Real Federación Española de Halterofilia la
organización y promoción de la modalidad deportiva de la Halterofilia como deporte
olímpico, se encuentra afiliada al Comité Olímpico Español y acata, dentro del respeto al
Ordenamiento Jurídico Español, las reglas que rigen el Comité Olímpico Internacional y
el Comité Olímpico Español y los acuerdos de estos.
La Real Federación Española de Halterofilia tiene su domicilio en Madrid, calle
Numancia, n.º 2, local 1. La Asamblea General podrá acordar el traslado del domicilio
dentro del término municipal de Madrid.
cve: BOE-A-2025-5816
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Domicilio.
Núm. 70
Sábado 22 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38994
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
5816
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior
de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación
Española de Halterofilia.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes
en su sesión de 12 de noviembre de 2024, ratificó la modificación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Halterofilia, autorizando su inscripción en el Registro
Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022 de 30 de
diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre,
sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la
Real Federación Española de Halterofilia, contenidos en el anexo a la presente
resolución.
Madrid, 7 de marzo de 2025.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José
Manuel Rodríguez Uribes.
ANEXO
Estatutos de la Real Federación Española de Halterofilia
CAPÍTULO I
Denominación, objeto y domicilio
Artículo 1. Denominación y naturaleza jurídica.
La Real Federación Española de Halterofilia es una Entidad Asociativa privada, con
personalidad jurídica propia e independiente de sus asociados, declarada por Ley de
utilidad pública, cuyo ámbito de actuación se extiende al conjunto del territorio del Estado
Español, y que se rige por lo dispuesto en la Ley del Deporte, por los reglamentos de
desarrollo de dicha ley, por los presentes Estatutos y por sus reglamentos internos.
Al formar parte del objeto de la Real Federación Española de Halterofilia la
organización y promoción de la modalidad deportiva de la Halterofilia como deporte
olímpico, se encuentra afiliada al Comité Olímpico Español y acata, dentro del respeto al
Ordenamiento Jurídico Español, las reglas que rigen el Comité Olímpico Internacional y
el Comité Olímpico Español y los acuerdos de estos.
La Real Federación Española de Halterofilia tiene su domicilio en Madrid, calle
Numancia, n.º 2, local 1. La Asamblea General podrá acordar el traslado del domicilio
dentro del término municipal de Madrid.
cve: BOE-A-2025-5816
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Domicilio.