Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-5794)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Valverde a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, una vez tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Sábado 22 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 38797

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
5794

Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Valverde a inscribir la representación gráfica
georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su
descripción, una vez tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2
de la Ley Hipotecaria.

En el recurso interpuesto por don A. J. G. O., en nombre y representación de don A.
y doña C. D. G. A., contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Valverde,
doña María Crespo Álvarez, a inscribir la representación gráfica georreferenciada
alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, una vez tramitado
el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 25 de enero de 2024 ante el notario de Santa
Cruz de Tenerife, don Francisco Javier Martínez del Moral, con el número 202 de protocolo,
se declaraba una ampliación de obra sobre la finca registral número 10.658 del Registro de
la Propiedad de Valverde. Se acompañaba de instancia suscrita por don A. J. G. O. el
día 18 de julio de 2024, en nombre y representación de don A. y doña C. D. G. A., por la
que se solicitaba la inscripción de la representación gráfica alternativa frente a parcelario
catastral contenida en informe de validación gráfica con el código seguro de verificación, la
cual, conservando la superficie inscrita de 81 metros cuadrados, alteraba la geometría de la
finca contenida en la representación gráfica catastral de la misma, la cual se hallaba inscrita
con ocasión de la inscripción de inmatriculación por la cual se abrió folio a la citada finca.
Iniciado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, fueron
recibidas alegaciones por parte de don R. G. P., mostrando su oposición a la inscripción
pretendida por considerar que se había alterado parte de la representación gráfica que en
su día se le comunicó, implicando de facto la apropiación por parte del promotor del
expediente de un terreno y edificación de su propiedad y por constar presentada denuncia
en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valverde contra don A. J. G. O., padre de
los actuales titulares registrales, don A. y doña C. D. G. A., por falsedad en el documento
público que documenta su adquisición, la cual se ha admitido a trámite.

Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Valverde, y a
resultas de las alegaciones indicadas, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria –reformado por Ley 24/2001 de 27 de
diciembre– y 98 y siguientes del Reglamento Hipotecario:
La Registradora de la Propiedad que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado por Francisco Javier Martínez del Moral, el día 22/02/2024, bajo
el Asiento 409 del Libro Diario 12, y número de entrada 121, que corresponde al
documento otorgado el 25/01/2024 por el/la Notario de Santa Cruz de Tenerife, Francisco

cve: BOE-A-2025-5794
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