Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-5817)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo de revisión salarial para el año 2025 del XXII Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Sábado 22 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 39017

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
5817

Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Acta del acuerdo de revisión salarial para el año
2025 del XXII Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias
extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio
exclusivista de los mismos materiales.

Visto el texto del Acta de la Comisión Mixta paritaria en la que se contiene el acuerdo
de revisión salarial para el año 2025 del XXII Convenio colectivo de ámbito estatal para
las industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del
comercio exclusivista de los mismos materiales 2021-2024 (código de convenio
n.º 99002045011981), que ha sido suscrita con fecha 22 de enero de 2025 y subsanada
mediante acta de 26 de febrero de 2025, de una parte por la asociación empresarial
Confederación Española del Vidrio y la Cerámica (CONFEVICEX), en representación de
las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT-FICA y CC.OO.
Industria, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales en el
correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro
Directivo, con notificación a la Comisión Mixta paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-5817
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de marzo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.