Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-5734)
Sala Segunda. Sentencia 37/2025, de 10 de febrero de 2025. Recurso de amparo 2126-2024. Promovido por don José Miguel Morales Lambán respecto de las resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial de Zaragoza en ejecución de sentencia penal. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con el derecho a la libertad personal: resoluciones judiciales que no satisfacen el canon de motivación reforzada al revocar la suspensión de la pena privativa de libertad fundándose en un riesgo no argumentado de reiteración delictiva (STC 32/2022).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. TC. Pág. 38487
suspensión de las penas de prisión impuestas al demandante en sentencia
núm. 459/2021, de 10 de diciembre; y (ii) del auto de 14 de marzo de 2024, dictado por
el mismo tribunal en el mismo procedimiento de ejecución, por el que desestimó el
recurso de súplica interpuesto contra el auto de 26 de febrero de 2024.
3.º Retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al de dictarse
la primera de las resoluciones anuladas, para que el órgano judicial pronuncie una nueva
respetuosa con el derecho fundamental reconocido.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-5734
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a diez de febrero de dos mil veinticinco.–Inmaculada Montalbán
Huertas.–María Luisa Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo
Alcubilla.–César Tolosa Tribiño.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. TC. Pág. 38487
suspensión de las penas de prisión impuestas al demandante en sentencia
núm. 459/2021, de 10 de diciembre; y (ii) del auto de 14 de marzo de 2024, dictado por
el mismo tribunal en el mismo procedimiento de ejecución, por el que desestimó el
recurso de súplica interpuesto contra el auto de 26 de febrero de 2024.
3.º Retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al de dictarse
la primera de las resoluciones anuladas, para que el órgano judicial pronuncie una nueva
respetuosa con el derecho fundamental reconocido.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-5734
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a diez de febrero de dos mil veinticinco.–Inmaculada Montalbán
Huertas.–María Luisa Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo
Alcubilla.–César Tolosa Tribiño.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X