Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5695)
Resolución 420/38107/2025, de 13 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad Alfonso X el Sabio, para el desarrollo de actividades conjuntas docentes y de investigación entre la Facultad de Veterinaria y la red sanitaria militar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 38212

Siete. Se modifica el segundo párrafo de la cláusula decimoquinta del convenio,
«Causas de extinción», en lo que respecta a las causas de resolución, quedando
redactado el apartado e) como sigue:
«e) Necesidades de la Defensa Nacional o de los cometidos propios del
CEMILVET y del HCDGU-CSVE, o, de la Facultad de Veterinaria de la UAX».
Ocho. Se modifica la cláusula decimotercera del convenio, «Protección de datos
personales y transparencia», quedando redactada como sigue:
«Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación,
lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en
lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de
protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en
las disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo de este
convenio se incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento de cada
una de las partes intervinientes, con la finalidad de gestionar la relación descrita
en el mismo. Las partes intervinientes en este convenio se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente
necesario para el cumplimiento de los fines del mismo. Los titulares de los datos
personales podrán ejercitar ante el responsable o el encargado del tratamiento de
tales datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de los datos personales, y la limitación u oposición a su tratamiento.
El MINISDEF y la UAX tienen la consideración de responsables de los
tratamientos propios en que se incorporen datos personales que, cada una de las
partes, respectivamente, recabe. Ambas partes asumen la obligación de informar
a los interesados sobre las características del tratamiento de los datos personales,
las obligaciones que se deriven de la implantación de medidas técnicas y
organizativas de cada corresponsable y el mecanismo establecido en caso de
violaciones de seguridad; así como el establecimiento de los oportunos
mecanismos de respuesta al ejercicio de derechos por parte de los interesados. El
acceso por uno de los intervinientes en el convenio a los datos personales que
otra de las partes hubiera recabado se hará bajo la consideración de encargado
de tratamiento de los datos personales, en los términos y condiciones previstos en
el artículo 28 del RGPD y única y exclusivamente conforme a la finalidad objeto
del convenio. Los datos personales no se cederán ni se comunicarán a terceros,
salvo cuando ello sea conforme a la legalidad.
Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que
obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen
incumpliendo lo estipulado en el convenio y en la normativa de protección de datos
personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las
responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios causados, a fin de
garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin perjuicio del artículo 82.5
del RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán
validez durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.
Asimismo, este convenio se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno».

cve: BOE-A-2025-5695
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Núm. 69