Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5702)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Renovables, SLU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la «Planta de Almacenamiento de Energía con Baterías Carpio de Tajo», de 20,84 MW de potencia instalada, para su hibridación con la instalación solar fotovoltaica existente «Carpio de Tajo», de 46,2 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en El Carpio de Tajo (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38313
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Renovables, SLU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la «Planta de Almacenamiento de Energía con Baterías
Carpio de Tajo», de 20,84 MW de potencia instalada, para su hibridación con
la instalación solar fotovoltaica existente «Carpio de Tajo», de 46,2 MW de
potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en
El Carpio de Tajo (Toledo).
Naturgy Renovables, SLU, en adelante el promotor, solicitó, con fecha 19 de julio
de 2022, subsanada con fechas 14 de octubre de 2022 y 17 de abril de 2024, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la «Planta de
Almacenamiento de Energía con Baterías Carpio de Tajo», de 20,84 MW de potencia
instalada, situada en el término municipal de El Carpio de Tajo, en provincia de Toledo, para
su hibridación con la instalación solar fotovoltaica existente «Carpio de Tajo», de 46,2 MW
de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, consistente en
las líneas subterráneas de 20 kV, que conectarán el sistema de almacenamiento, mediante
baterías, con la subestación eléctrica existente Carpio de Tajo 20/132 kV.
La infraestructura de evacuación hasta la red de distribución, en la subestación
Castrejón 132/220 kV, no forma parte del alcance de esta solicitud, encontrándose toda
ella en operación.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de El Carpio de Tajo, de Unión
Fenosa Distribución Electricidad, SA, y de Red Eléctrica de España, SAU de las que no
se desprende oposición. Se ha dado traslado al promotor, para su conocimiento.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado de la citada
contestación al promotor, el cual manifiesta su conformidad.
Preguntadas la Dirección General de Transición Energética y la Dirección General de
Economía Circular, ambas pertenecientes a la Consejería de Desarrollo Sostenible de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 14 de marzo de 2023 en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 15 de marzo de 2023 en el Boletín Oficial de la Provincia
de Toledo. No se recibieron alegaciones.
cve: BOE-A-2025-5702
Verificable en https://www.boe.es
5702
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38313
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Naturgy Renovables, SLU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la «Planta de Almacenamiento de Energía con Baterías
Carpio de Tajo», de 20,84 MW de potencia instalada, para su hibridación con
la instalación solar fotovoltaica existente «Carpio de Tajo», de 46,2 MW de
potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en
El Carpio de Tajo (Toledo).
Naturgy Renovables, SLU, en adelante el promotor, solicitó, con fecha 19 de julio
de 2022, subsanada con fechas 14 de octubre de 2022 y 17 de abril de 2024, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la «Planta de
Almacenamiento de Energía con Baterías Carpio de Tajo», de 20,84 MW de potencia
instalada, situada en el término municipal de El Carpio de Tajo, en provincia de Toledo, para
su hibridación con la instalación solar fotovoltaica existente «Carpio de Tajo», de 46,2 MW
de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, consistente en
las líneas subterráneas de 20 kV, que conectarán el sistema de almacenamiento, mediante
baterías, con la subestación eléctrica existente Carpio de Tajo 20/132 kV.
La infraestructura de evacuación hasta la red de distribución, en la subestación
Castrejón 132/220 kV, no forma parte del alcance de esta solicitud, encontrándose toda
ella en operación.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de El Carpio de Tajo, de Unión
Fenosa Distribución Electricidad, SA, y de Red Eléctrica de España, SAU de las que no
se desprende oposición. Se ha dado traslado al promotor, para su conocimiento.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado de la citada
contestación al promotor, el cual manifiesta su conformidad.
Preguntadas la Dirección General de Transición Energética y la Dirección General de
Economía Circular, ambas pertenecientes a la Consejería de Desarrollo Sostenible de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 14 de marzo de 2023 en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 15 de marzo de 2023 en el Boletín Oficial de la Provincia
de Toledo. No se recibieron alegaciones.
cve: BOE-A-2025-5702
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