Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-5686)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Medina del Campo, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38181
dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Medina del Campo y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su
partido judicial de Aguasal, Alaejos, Alcazarén, Almenara de Adaja, Ataquines, Bobadilla
del Campo, Bocigas, Brahojos de Medina, Carpio, Castrejón de Trabancos, Castronuño,
Cervillego de la Cruz, El Campillo, Fresno el Viejo, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo,
Hornillos de Eresma, La Seca, La Zarza, Llano de Olmedo, Lomoviejo, Matapozuelos,
Mojados, Moraleja de las Panaderas, Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres,
Olmedo, Pozal de Gallinas, Pozaldez, Puras, Ramiro, Rubí de Bracamonte, Rueda,
Salvador de Zapardiel, San Pablo de la Moraleja, San Vicente del Palacio, Serrada, Siete
Iglesias de Trabancos, Torrecilla de la Orden, Valdestillas, Velascálvaro, Ventosa de la
Cuesta, Villafranca de Duero, Villanueva de Duero y Villaverde de Medina que han de
hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto
en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Medina del Campo, que comprende la Oficina General del Registro
Civil de Medina del Campo y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Aguasal,
Alaejos, Alcazarén, Almenara de Adaja, Ataquines, Bobadilla del Campo, Bocigas,
Brahojos de Medina, Carpio, Castrejón de Trabancos, Castronuño, Cervillego de la Cruz,
El Campillo, Fresno el Viejo, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo, Hornillos de Eresma, La
Seca, La Zarza, Llano de Olmedo, Lomoviejo, Matapozuelos, Mojados, Moraleja de las
Panaderas, Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres, Olmedo, Pozal de Gallinas,
Pozaldez, Puras, Ramiro, Rubí de Bracamonte, Rueda, Salvador de Zapardiel, San
Pablo de la Moraleja, San Vicente del Palacio, Serrada, Siete Iglesias de Trabancos,
Torrecilla de la Orden, Valdestillas, Velascálvaro, Ventosa de la Cuesta, Villafranca de
Duero, Villanueva de Duero y Villaverde de Medina, de la aplicación informática
denominada Dicireg, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones
contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 7 de abril de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Medina del Campo pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Medina del Campo y los Registros Civiles Municipales Delegados de Aguasal, Alaejos,
Alcazarén, Almenara de Adaja, Ataquines, Bobadilla del Campo, Bocigas, Brahojos de
Medina, Carpio, Castrejón de Trabancos, Castronuño, Cervillego de la Cruz, El Campillo,
Fresno el Viejo, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo, Hornillos de Eresma, La Seca, La Zarza,
Llano de Olmedo, Lomoviejo, Matapozuelos, Mojados, Moraleja de las Panaderas,
Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres, Olmedo, Pozal de Gallinas, Pozaldez,
cve: BOE-A-2025-5686
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38181
dar el siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Medina del Campo y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su
partido judicial de Aguasal, Alaejos, Alcazarén, Almenara de Adaja, Ataquines, Bobadilla
del Campo, Bocigas, Brahojos de Medina, Carpio, Castrejón de Trabancos, Castronuño,
Cervillego de la Cruz, El Campillo, Fresno el Viejo, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo,
Hornillos de Eresma, La Seca, La Zarza, Llano de Olmedo, Lomoviejo, Matapozuelos,
Mojados, Moraleja de las Panaderas, Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres,
Olmedo, Pozal de Gallinas, Pozaldez, Puras, Ramiro, Rubí de Bracamonte, Rueda,
Salvador de Zapardiel, San Pablo de la Moraleja, San Vicente del Palacio, Serrada, Siete
Iglesias de Trabancos, Torrecilla de la Orden, Valdestillas, Velascálvaro, Ventosa de la
Cuesta, Villafranca de Duero, Villanueva de Duero y Villaverde de Medina que han de
hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto
en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Medina del Campo, que comprende la Oficina General del Registro
Civil de Medina del Campo y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Aguasal,
Alaejos, Alcazarén, Almenara de Adaja, Ataquines, Bobadilla del Campo, Bocigas,
Brahojos de Medina, Carpio, Castrejón de Trabancos, Castronuño, Cervillego de la Cruz,
El Campillo, Fresno el Viejo, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo, Hornillos de Eresma, La
Seca, La Zarza, Llano de Olmedo, Lomoviejo, Matapozuelos, Mojados, Moraleja de las
Panaderas, Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres, Olmedo, Pozal de Gallinas,
Pozaldez, Puras, Ramiro, Rubí de Bracamonte, Rueda, Salvador de Zapardiel, San
Pablo de la Moraleja, San Vicente del Palacio, Serrada, Siete Iglesias de Trabancos,
Torrecilla de la Orden, Valdestillas, Velascálvaro, Ventosa de la Cuesta, Villafranca de
Duero, Villanueva de Duero y Villaverde de Medina, de la aplicación informática
denominada Dicireg, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones
contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 7 de abril de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Medina del Campo pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Medina del Campo y los Registros Civiles Municipales Delegados de Aguasal, Alaejos,
Alcazarén, Almenara de Adaja, Ataquines, Bobadilla del Campo, Bocigas, Brahojos de
Medina, Carpio, Castrejón de Trabancos, Castronuño, Cervillego de la Cruz, El Campillo,
Fresno el Viejo, Fuente el Sol, Fuente-Olmedo, Hornillos de Eresma, La Seca, La Zarza,
Llano de Olmedo, Lomoviejo, Matapozuelos, Mojados, Moraleja de las Panaderas,
Muriel, Nava del Rey, Nueva Villa de las Torres, Olmedo, Pozal de Gallinas, Pozaldez,
cve: BOE-A-2025-5686
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.