Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-10318)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Tajo O.A. de la Resolución de fecha 4 de febrero de 2025 por la que se autoriza al Canal de Isabel II S.A., la ejecución de obras en dominio público hidráulico y zona de policía del "Proyecto Descriptivo del Tramo 8 del Segundo Anillo Principal de Distribución de Agua Potable de la Comunidad de Madrid", en los términos municipales de Getafe y Madrid (Madrid). Referencia O-0290/2017.
<< 13 << Página 13
Página 14 Pág. 14
-
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Viernes 21 de marzo de 2025

Sec. V-B. Pág. 15578

imposición de esta exacción será actualizada anualmente.
3. El titular queda obligado a ejecutar las actuaciones necesarias para proteger
las márgenes y el lecho del cauce con materiales apropiados para evitar la erosión,
así como para garantizar el drenaje superficial de las aguas hacia el cauce.
Asimismo, se deberá prestar especial precaución en restituir el perfil del terreno
tras las obras, especialmente en los taludes del cauce y en la zona de
servidumbre.
4. El titular deberá realizar las labores de conservación necesarias que
garanticen el mantenimiento de la capacidad de desagüe del cauce, siendo a su
cargo la retirada de restos tanto vegetales como de otra naturaleza, arrastrados
por la corriente y que puedan reducir dicha capacidad, adoptándose las medidas
necesarias para limitar el incremento del riesgo de inundación que pueda
derivarse.
5. No se permite realizar modificaciones de la sección transversal ni del perfil
longitudinal del cauce.
6. Las obras deberán estar terminadas en el plazo de TREINTA Y SEIS (36)
MESES a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente
autorización.
7. Una vez finalizadas las obras, se deberá restituir el cauce a su estado
primitivo, haciendo desaparecer cualquier resto de obras.
8. La conducción deberá ser fácilmente localizable. A tal efecto, se deberá
colocar, en lugar bien visible de las riberas del cauce, una señalización que
muestre inequívocamente el lugar de paso de la conducción subterránea.
9. La distancia entre el lecho del cauce y la conducción será de al menos 1
metro. Los elementos de lastrado (si son necesarios por el tipo de material de la
tubería), dados de protección, vainas (perforaciones dirigidas), etc. deberán
respetar también esa distancia mínima respecto al lecho del cauce.
10. Los registros a ambos lados del cauce, no podrán ubicarse en terrenos de
dominio público hidráulico ni en la zona de servidumbre de cinco metros de uso
público.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo presentar Recurso
Potestativo de Reposición ante la Presidencia de este Organismo, en el plazo de
UN (1) MES. Con carácter alternativo puede interponer Recurso ContenciosoAdministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, en el plazo de DOS (2) MESES, contados a partir del día
siguiente de su notificación.
Madrid, 18 de marzo de 2025.- El Comisario de Aguas, Javier Díz-Regañón
Jiménez.
ID: A250012209-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2025-10318
Verificable en https://www.boe.es

11. El titular ha aportado una declaración responsable en la que expresa
claramente que conoce y asume el riesgo existente, derivado de la situación de la
obra en zona inundable, y las medidas de protección civil aplicables al caso,
comprometiéndose a trasladar esa información a los posibles afectados.