Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5603)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Ramón Areces, para la financiación en 2025 de cursos de interés general.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 37781

administrativa que la organización y celebración de dichas actividades conlleve,
conforme a su propia normativa.
Segunda.

Compromisos asumidos por la Fundación Ramón Areces.

I. La Fundación Ramón Areces se compromete a hacer una aportación económica
total a la UIMP de sesenta y cinco mil euros (65.000 €) para contribuir a la realización de
las actividades indicadas en la cláusula primera, con el siguiente desglose:
– Escuela de Matemáticas «Lluis Santaló»: 10.000,00 euros.
– Escuela del Mundo Clásico: 10.000,00 euros.
– Escuela de Geografía y Cambio Global: 10.000,00 euros.
– Encuentro «La aventura de divulgar ciencia en español con éxito: claves y
herramientas»: 10,000,00 euros.
– Seminario «Quo vadis Europa»: 25.000,00 euros.
Dicha aportación se abonará una vez que el convenio sea eficaz y en el plazo máximo
de un mes desde el envío por parte de la UIMP a la Fundación del requerimiento de pago
indicando que todas las actividades formativas objeto del convenio ya se han celebrado de
conformidad con lo previsto. El pago se hará mediante transferencia bancaria a la cuenta
número ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. La Fundación Ramón
Areces no asumirá ningún pago a la UIMP por encima del citado importe.
II. En el caso de que la UIMP acordara la no celebración de alguna de las
actividades formativas indicadas por causa de fuerza mayor, por la falta del número
mínimo de alumnos requerido según su propia normativa, o por cualquier otra causa
valorada por sus órganos de gobierno, la Fundación Ramón Areces no deberá hacer
ninguna aportación económica a la UIMP por dicha actividad.
Compromisos asumidos por la UIMP.

I. La UIMP destinará la cantidad que aporta la Fundación Ramón Areces, que figura
en la cláusula anterior, a la financiación de las actividades según se indica en dicha
cláusula. La UIMP podrá gestionar la participación en la financiación de las actividades
de otras entidades públicas o privadas en calidad de colaboradores o copatrocinadores
firmando con dichas entidades los correspondientes convenios o contratos de patrocinio
–independientes del presente convenio–, informando de ello a la Fundación Ramón
Areces y sin que la suma de esas otras colaboraciones junto con la aportación de la
Fundación Ramón Areces sea superior al presupuesto total de la actividad.
II. La UIMP, una vez recibido el importe señalado en el apartado I de la cláusula
segunda, emitirá un certificado acreditando la aportación económica a fin de que la
Fundación Ramón Areces pueda solicitar las deducciones fiscales correspondientes
conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
III. La UIMP se compromete a destacar la colaboración de la Fundación Ramón
Areces en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de las actividades
recogidas en la cláusula primera, respetando en todo caso el logotipo y las directrices de
imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
IV. La UIMP mantendrá indemne a la Fundación Ramón Areces de cualquier
reclamación que se pueda recibir en relación con las actividades recogidas en la cláusula
primera, tanto en el orden académico como en el de la gestión que la UIMP realiza,
asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado, empresas
contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.

cve: BOE-A-2025-5603
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.