Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5600)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Red Española del Pacto Mundial de Naciones Unidas, para el desarrollo de la III Edición del «Programa de Capacitación: Proveedores Sostenibles».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 37608

Creación de las on-demand sessions del Programa.
Traducción de las on-demand sessions del Programa.
Locución de las on-demand sessions del Programa.
Organización de la jornada de posicionamiento en México.
La contratación de los productos o servicios necesarios en los que se concreten los
anteriores conceptos de gasto será asumida por ICEX, quien las realizará en todo caso
siguiendo sus Instrucciones internas de contratación. Una vez realizado el gasto, ICEX
elaborará y presentará en la siguiente sesión de la Comisión de seguimiento una memoria
económica detallando concepto de gasto y su importe, y adjuntando los documentos
justificativos de su pago, con el objeto de que sea aprobada por ambas Partes.
4.3

Forma de realizar las aportaciones en metálico.

Las aportaciones económicas serán desembolsadas periódicamente en la parte que
corresponda a cada Parte tras cada sesión celebrada por la Comisión de Seguimiento en
la que se haya procedido a la justificación y acreditación de haber incurrido en gastos
imputables al Programa por cualquiera de las Partes. Así pues, cada Parte contribuirá a
dichos gastos en proporción al porcentaje de contribución económica que se señala en el
punto 4.1, y bajo las cantidades máximas que haya asumido de conformidad con lo
establecido en el apartado 4.1 anterior.
A la finalización del objeto del convenio, REPM realizará un informe de resultados o
memoria técnica en la que se describen las acciones realizadas y se analice el resultado
de las mismas. Adicionalmente, las Partes elaborarán una memoria económica en la que
se detallen todos los gastos vinculados a la puesta en marcha del Programa realizados
con la aportación económica comprometida. Estas memorias se presentarán a la
Comisión de Seguimiento para su debate y aprobación.
Las Partes se comprometen, en todo lo relativo a su aportación económica y a los
gastos que puedan realizar en el marco del convenio, a cumplir con la normativa que
específicamente les resulte de aplicación, así como a cumplir con la legislación vigente
en materia de blanqueo de capitales y anticorrupción.
Quinta.

Vigencia.

El presente convenio estará vigente hasta la finalización del Programa, que en todo
caso tendrá como límite el 31 de diciembre de 2025. El presente convenio no es
susceptible de prórroga.
El convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito
en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO),
sin perjuicio de su publicación también en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de
diez (10) días hábiles desde su formalización.
Sexta.

Comisión de Seguimiento.

Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
La persona titular de la Dirección de Instrumentos de Promoción en Origen; y
la persona titular del Departamento de Sostenibilidad.
Por parte de REPM, formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
La persona titular de la Dirección Ejecutiva; y
la persona responsable de sostenibilidad en la cadena de suministro.

cve: BOE-A-2025-5600
Verificable en https://www.boe.es

Para la aplicación y seguimiento del presente convenio, así como para su adecuada
interpretación, se constituye una Comisión de Seguimiento que estará integrada por dos
(2) representantes de cada una de las Partes.