Cortes Generales. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales. (BOE-A-2025-5542)
Resolución de 11 de marzo de 2025, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se publica la convocatoria para la provisión de plazas, por oposición, por el sistema general de acceso libre, del Cuerpo de Asesores Facultativos de las Cortes Generales, especialidad Informática.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68
Jueves 20 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 37345
– El ejercicio de idiomas se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
aprobarlo una nota mínima de 5 puntos, teniendo en cuenta que la traducción directa en
ambos idiomas se calificará sobre 4 puntos y la conversación en inglés sobre 2 puntos,
siendo necesario obtener en cada una de las pruebas la mitad de la puntuación sobre la
que se realiza la calificación.
Cuarta.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los cuatro ejercicios de la oposición.
Quinta.
Empates.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2.º La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
3.º La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Novena.
Propuesta del tribunal.
1. El tribunal no podrá proponer un número superior de aspirantes al de plazas
convocadas.
2. El tribunal publicará en la página web de cada Cámara, la relación de aspirantes
que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con indicación de la misma,
hayan obtenido plaza. Dicha relación, una vez comprobada la documentación a que se
refiere la base Décima de la presente convocatoria, será elevada a través del Letrado
Mayor de las Cortes Generales a las Presidencias de ambas Cámaras, en unión de la
correspondiente propuesta de nombramiento, acompañando el expediente de la
oposición con todos los ejercicios y las actas de las reuniones del tribunal.
Décima. Presentación de documentación y adquisición de la condición de personal
funcionario de las Cortes Generales.
a) Título original al que se refiere la base segunda, punto 1.b) de esta convocatoria.
b) Documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de reunir el requisito previsto en la base segunda 1.c)
de la convocatoria de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse en situación de inhabilitación
para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
d) Certificado médico oficial que acredite que se reúnen las condiciones
psicofísicas requeridas para el desempeño de las funciones correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
será necesario aportar la documentación a que se refiere este apartado cuando la misma
ya obre en poder de las Cortes Generales.
2. Quienes dentro del plazo indicado y, salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos de la convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario, quedando
cve: BOE-A-2025-5542
Verificable en https://www.boe.es
1. Los/las aspirantes propuestos por el tribunal para ocupar plaza deberán entregar
en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del
Congreso de los Diputados, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la notificación de la propuesta de nombramiento, la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, junto con los documentos
siguientes:
Núm. 68
Jueves 20 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 37345
– El ejercicio de idiomas se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
aprobarlo una nota mínima de 5 puntos, teniendo en cuenta que la traducción directa en
ambos idiomas se calificará sobre 4 puntos y la conversación en inglés sobre 2 puntos,
siendo necesario obtener en cada una de las pruebas la mitad de la puntuación sobre la
que se realiza la calificación.
Cuarta.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los cuatro ejercicios de la oposición.
Quinta.
Empates.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2.º La mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
3.º La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Novena.
Propuesta del tribunal.
1. El tribunal no podrá proponer un número superior de aspirantes al de plazas
convocadas.
2. El tribunal publicará en la página web de cada Cámara, la relación de aspirantes
que, siguiendo el orden de la puntuación total alcanzada, y con indicación de la misma,
hayan obtenido plaza. Dicha relación, una vez comprobada la documentación a que se
refiere la base Décima de la presente convocatoria, será elevada a través del Letrado
Mayor de las Cortes Generales a las Presidencias de ambas Cámaras, en unión de la
correspondiente propuesta de nombramiento, acompañando el expediente de la
oposición con todos los ejercicios y las actas de las reuniones del tribunal.
Décima. Presentación de documentación y adquisición de la condición de personal
funcionario de las Cortes Generales.
a) Título original al que se refiere la base segunda, punto 1.b) de esta convocatoria.
b) Documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de reunir el requisito previsto en la base segunda 1.c)
de la convocatoria de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse en situación de inhabilitación
para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
d) Certificado médico oficial que acredite que se reúnen las condiciones
psicofísicas requeridas para el desempeño de las funciones correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
será necesario aportar la documentación a que se refiere este apartado cuando la misma
ya obre en poder de las Cortes Generales.
2. Quienes dentro del plazo indicado y, salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos de la convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario, quedando
cve: BOE-A-2025-5542
Verificable en https://www.boe.es
1. Los/las aspirantes propuestos por el tribunal para ocupar plaza deberán entregar
en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del
Congreso de los Diputados, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la notificación de la propuesta de nombramiento, la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, junto con los documentos
siguientes: