Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-5589)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación parcial del VII Convenio colectivo de Supermercados Grupo Eroski.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 37528

Segundo.
Añadir los artículos 30.6 y 30.7.
«Artículo 30.

Estructura salarial y Salario Base de Grupo.

6. Para el año 2025, en el incremento salarial fijo del 3 %, no operará el
instituto de la absorción y compensación fijado en el artículo 5 para los salarios
fijos bruto anuales por debajo de 19.000 euros.
7. Para el año 2026, en el incremento salarial fijo del 2 %, no operará en
instituto de la absorción y compensación fijado en el artículo 5 para los salarios
fijos bruto anuales por debajo de 20.000 euros.»
Tercero.
Se añade la siguiente disposición adicional cuarta:
«Durante la vigencia del convenio, el Salario Base Personal mantendrá su
naturaleza de no absorbible ni compensable y sí revalorizable por los incrementos
pactados en el artículo 30.5 del convenio, salvo que las partes acuerden acometer
un proceso de restructuración salarial.»
Cuarto.
Se incorpora una disposición adicional quinta, redactada como sigue:
«Las partes acuerdan constituirse en Comisión Negociadora a efectos de
negociar el Plan LGTBI previsto en el RD 1026/2024, de 8 de octubre, dando inicio
al proceso de negociación.»
Quinto.
Autorizar al Letrado Daniel Miñana Torres para que en nombre de la Comisión
Negociadora realice los trámites necesarios ante la Administración para la inscripción,
registro electrónico y publicación del presente acuerdo y mantener informada
puntualmente a las partes.

cve: BOE-A-2025-5589
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman las partes, en el lugar y
fecha arriba indicados.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X