Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-5590)
Orden TES/268/2025, de 11 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de premios a tesis doctorales de especial relevancia en materia laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025
Disposición adicional única.

Sec. III. Pág. 37535

Ausencia de incremento de gasto público.

El funcionamiento del jurado será atendido con los medios personales, técnicos y
presupuestarios asignados a la Secretaría de Estado de Trabajo, y no implicarán
incremento de dotaciones, retribuciones, indemnizaciones, ni de otros costes de personal
al servicio del sector público.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden TES/67/2025, de 17 de enero, por la que se crea el
Comité de asesoramiento académico para la elaboración del programa editorial anual del
Ministerio de Trabajo y Economía Social y se regula su composición y funciones.
Disposición final primera. Modificación de la Orden TES/82/2025, de 17 de enero, por
la que se crea el Comité de asesoramiento académico para la elaboración del
programa editorial anual del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se regula su
composición y funciones.
El párrafo c) del artículo 3.1 de la Orden TES/82/2025, de 17 de enero, por la que se
crea el Comité de asesoramiento académico para la elaboración del programa editorial
anual del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se regula su composición y
funciones, queda redactado en los siguientes términos:
«c) Ocho vocalías nombradas por resolución de la persona titular de la
Secretaría General Técnica, en calidad de asesores externos, entre personas
ajenas al Ministerio que por su reconocido prestigio académico, técnico o
profesional pudieran aportar orientación especializada en la materia.»
Disposición final segunda.

Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-5590
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 11 de marzo de 2025.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra
de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X