Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-5547)
Orden CLT/267/2025, de 18 de marzo, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación, en la Biblioteca Nacional de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. II.B. Pág. 37414

Cuarta.
Además de los datos personales y número de Registro de Personal, que se
consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de
trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información
dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
– La cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las
competencias directivas (anexo III).
Quinta.
La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y
experiencia, realizándose una entrevista a las personas candidatas que cumplan con los
requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, reflejados en el anexo I.
El órgano competente para el nombramiento designará, al menos, dos personas
expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos
públicos, que estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de
valoración de las candidaturas presentadas.
Sexta.
De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el
nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, realizar
motivadamente una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, sean
objeto de entrevista.
Séptima.
El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la
finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un
mes más.
Octava.

Madrid, 18 de marzo de 2025.–El Ministro de Cultura, P. D. (Orden CLT/503/2024,
de 27 de mayo), la Subsecretaria de Cultura, María del Carmen Páez Soria.

cve: BOE-A-2025-5547
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Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en
el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.1.a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y
con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.