Comunidad de Madrid. I. Disposiciones generales. Gestión pública. (BOE-A-2025-5523)
Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 37204

Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se
establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de
determinados procedimientos.
Uno. Se modifica el procedimiento 2.15 del anexo, que queda redactado de la
siguiente manera:
«Procedimiento

Autorización de espectáculos y actividades
2.15 taurinas que se llevan a cabo con presencia
de público.

Dos.

Plazo máximo
de resolución

Diez días.

Efecto del
silencio

Desestimatorio.»

Se adiciona un nuevo procedimiento 2.25 al anexo, con la siguiente redacción:
«Procedimiento

Obtención y renovación de la acreditación de
2.25 la actividad de control de acceso a
espectáculos y actividades recreativas.

Disposición final segunda.

Plazo máximo
de resolución

Tres meses.

Efecto del
silencio

Desestimatorio.»

Habilitación normativa.

Se habilita al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar cuantas
disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en la
presente ley.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta ley, que la
cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan
guardar.
Madrid, 26 de diciembre de 2024.–La Presidenta, Isabel Díaz Ayuso.

cve: BOE-A-2025-5523
Verificable en https://www.boe.es

(Publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 308, de 27 de diciembre de 2024)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X