Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-5508)
Resolución de 5 de marzo de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37049
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
5508
Resolución de 5 de marzo de 2025, de ICEX España Exportación e
Inversiones, E.P.E., sobre delegación de competencias.
El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial ICEX España
Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante ICEX) de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y al amparo del artículo 9.2 del Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que
se aprueba el Estatuto de la Entidad, adoptó por unanimidad, en su sesión de 20 de
febrero de 2025, el siguiente acuerdo:
1. Delegar en la persona que ostente el cargo de consejero delegado de ICEX las
siguientes competencias:
2. Delegar en las personas que ostenten el cargo de consejero delegado, director
económico-financiero y secretario general la aprobación de las operaciones financieras
que puedan convenir a ICEX, a excepción de las de crédito y endeudamiento que no se
refieran al personal de la Entidad, hasta un límite de 5.000.000 de euros por operación, y
sin límite para los traspasos entre cuentas bancarias de titularidad de ICEX, cada uno de
ellos con carácter mancomunado con las personas que se establezca en las Normas y
Procedimientos sobre Tesorería para los Servicios centrales de ICEX.
3. Delegar en las personas que ostenten los cargos de director general, director
ejecutivo, director económico-financiero y secretario general, en sus respectivos ámbitos
funcionales, la tramitación, adjudicación y formalización de los contratos cuyo valor
estimado sea igual o inferior a 900.000 euros. Respecto a las prórrogas y modificaciones
de estos se delega la tramitación, aprobación y formalización de las mismas.
Asimismo, se delega a los titulares de estos cargos, en sus respectivas áreas
funcionales, la formalización de los contratos de ingresos que pueda suscribir ICEX con
terceros cuya cuantía no exceda de 900.000 euros.
4. Delegar en las personas que ostenten los restantes cargos de director de la
entidad, en sus respectivos ámbitos funcionales, la tramitación, adjudicación y
formalización de los contratos cuyo valor estimado sea igual o inferior a 150.000 euros.
cve: BOE-A-2025-5508
Verificable en https://www.boe.es
a) Aprobar la participación de ICEX en sociedades mercantiles o empresas
nacionales o extranjeras, cuyo objeto esté relacionado con los fines de ICEX, con un
límite de 5.000.000 de euros por operación.
b) Aprobar los actos de disposición de bienes y fondos propios, las inversiones y
los pactos o convenios hasta un límite de 5.000.000 de euros.
c) Aprobar las plantillas y el régimen retributivo del personal, previo informe
favorable de los Ministerios competentes.
d) Tramitar, adjudicar y formalizar los contratos cuyo valor estimado sea igual o
inferior a 900.000 euros, así como sus modificaciones y prórrogas. Respecto a las
prórrogas y modificaciones de los contratos adjudicados por este Consejo de
Administración se delega la tramitación, aprobación y formalización de las mismas en
aquellos expedientes de contratación con un valor estimado de una cuantía igual o
inferior a 3.000.000 de euros.
Asimismo, se le delega la formalización de los contratos de ingresos que pueda
suscribir ICEX con terceros cuya cuantía no exceda de 900.000 euros.
e) Tramitar, con carácter previo a la adjudicación, el expediente de contratación
cuyo valor estimado sea superior a 900.000 euros e igual o inferior a 5.000.000 de euros
elevando la propuesta de adjudicación al Consejo de Administración.
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37049
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
5508
Resolución de 5 de marzo de 2025, de ICEX España Exportación e
Inversiones, E.P.E., sobre delegación de competencias.
El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial ICEX España
Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante ICEX) de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y al amparo del artículo 9.2 del Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que
se aprueba el Estatuto de la Entidad, adoptó por unanimidad, en su sesión de 20 de
febrero de 2025, el siguiente acuerdo:
1. Delegar en la persona que ostente el cargo de consejero delegado de ICEX las
siguientes competencias:
2. Delegar en las personas que ostenten el cargo de consejero delegado, director
económico-financiero y secretario general la aprobación de las operaciones financieras
que puedan convenir a ICEX, a excepción de las de crédito y endeudamiento que no se
refieran al personal de la Entidad, hasta un límite de 5.000.000 de euros por operación, y
sin límite para los traspasos entre cuentas bancarias de titularidad de ICEX, cada uno de
ellos con carácter mancomunado con las personas que se establezca en las Normas y
Procedimientos sobre Tesorería para los Servicios centrales de ICEX.
3. Delegar en las personas que ostenten los cargos de director general, director
ejecutivo, director económico-financiero y secretario general, en sus respectivos ámbitos
funcionales, la tramitación, adjudicación y formalización de los contratos cuyo valor
estimado sea igual o inferior a 900.000 euros. Respecto a las prórrogas y modificaciones
de estos se delega la tramitación, aprobación y formalización de las mismas.
Asimismo, se delega a los titulares de estos cargos, en sus respectivas áreas
funcionales, la formalización de los contratos de ingresos que pueda suscribir ICEX con
terceros cuya cuantía no exceda de 900.000 euros.
4. Delegar en las personas que ostenten los restantes cargos de director de la
entidad, en sus respectivos ámbitos funcionales, la tramitación, adjudicación y
formalización de los contratos cuyo valor estimado sea igual o inferior a 150.000 euros.
cve: BOE-A-2025-5508
Verificable en https://www.boe.es
a) Aprobar la participación de ICEX en sociedades mercantiles o empresas
nacionales o extranjeras, cuyo objeto esté relacionado con los fines de ICEX, con un
límite de 5.000.000 de euros por operación.
b) Aprobar los actos de disposición de bienes y fondos propios, las inversiones y
los pactos o convenios hasta un límite de 5.000.000 de euros.
c) Aprobar las plantillas y el régimen retributivo del personal, previo informe
favorable de los Ministerios competentes.
d) Tramitar, adjudicar y formalizar los contratos cuyo valor estimado sea igual o
inferior a 900.000 euros, así como sus modificaciones y prórrogas. Respecto a las
prórrogas y modificaciones de los contratos adjudicados por este Consejo de
Administración se delega la tramitación, aprobación y formalización de las mismas en
aquellos expedientes de contratación con un valor estimado de una cuantía igual o
inferior a 3.000.000 de euros.
Asimismo, se le delega la formalización de los contratos de ingresos que pueda
suscribir ICEX con terceros cuya cuantía no exceda de 900.000 euros.
e) Tramitar, con carácter previo a la adjudicación, el expediente de contratación
cuyo valor estimado sea superior a 900.000 euros e igual o inferior a 5.000.000 de euros
elevando la propuesta de adjudicación al Consejo de Administración.