Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5500)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a New Universeline Systems, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación fotovoltaica «Aldea San Miguel», de 59 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Aldea de San Miguel, La Pedraja de Portillo, Aldeamayor de San Martín y Boecillo (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36996
El objeto del proyecto es la construcción de una planta solar fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2025-5500
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de marzo de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36996
El objeto del proyecto es la construcción de una planta solar fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
cve: BOE-A-2025-5500
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de marzo de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X