Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-5499)
Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta fotovoltaica Valle Solar II, de 87,45 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valencia».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36992
en el término municipal de Jarafuel (Valencia). Además, el PE Las Muelas de Carcelén
de 49,6 MW se localiza en Carcelén (Albacete), el PE Boquerón de 22 MW en Casas del
Ves (Zaragoza), el PE La Losilla de 11,9 MW en Romica (Albacete) y el PE Muela de
Tortosilla de 36,9 MW en Alpera (Albacete).
Respecto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, el principal impacto
está relacionado con la ocupación, alteración y fragmentación del hábitat debido a los
paneles fotovoltaicos. Destacan otros efectos, como el cambio de uso de suelo, la
alteración del paisaje y el efecto barrera para la fauna, ocasionados por todos los
proyectos de energías renovables y líneas eléctricas.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que el proyecto continuara con la correspondiente tramitación del procedimiento de
autorización, al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que
requirieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se
respetaran las medidas y condiciones previstas en el estudio de impacto ambiental, las
recogidas en la propuesta y aquellas que trasladaran los organismos competentes, fue
remitida a la Dirección General de Medio Natural y Animal y a la Dirección General de
Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental, ambas de la Generalitat Valenciana, el 21
de enero de 2025, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de
acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el
cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección
ambiental.
Con fecha 27 de febrero de 2025, la Dirección General de Medio Natural y Animal de
la Generalitat Valenciana informa desfavorablemente la instalación fotovoltaica,
aduciendo que el proyecto carece de un estudio de avifauna de año completo al tener
intervalos temporales desactualizados y por la falta de análisis en dicho estudio de
avifauna, del efecto sinérgico y acumulativo del resto de plantas fotovoltaicas de la
subzona 1.1 del Plan Especial Fotovoltaico de Ayora-Zarra-Jarafuel. Asimismo, este
organismo destaca en su informe la cercanía de la planta fotovoltaica a la ZEC Valle de
Ayora y Sierra del Boquerón y al Monte de Utilidad Pública V033 Los Cuartos. En virtud
de ello, se concluye la necesidad de que el proyecto sea sometido al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad,
el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección
ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual
dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho
plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la
propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Fotovoltaica Valle Solar II, de 87,45
MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
cve: BOE-A-2025-5499
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36992
en el término municipal de Jarafuel (Valencia). Además, el PE Las Muelas de Carcelén
de 49,6 MW se localiza en Carcelén (Albacete), el PE Boquerón de 22 MW en Casas del
Ves (Zaragoza), el PE La Losilla de 11,9 MW en Romica (Albacete) y el PE Muela de
Tortosilla de 36,9 MW en Alpera (Albacete).
Respecto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, el principal impacto
está relacionado con la ocupación, alteración y fragmentación del hábitat debido a los
paneles fotovoltaicos. Destacan otros efectos, como el cambio de uso de suelo, la
alteración del paisaje y el efecto barrera para la fauna, ocasionados por todos los
proyectos de energías renovables y líneas eléctricas.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que el proyecto continuara con la correspondiente tramitación del procedimiento de
autorización, al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que
requirieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se
respetaran las medidas y condiciones previstas en el estudio de impacto ambiental, las
recogidas en la propuesta y aquellas que trasladaran los organismos competentes, fue
remitida a la Dirección General de Medio Natural y Animal y a la Dirección General de
Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental, ambas de la Generalitat Valenciana, el 21
de enero de 2025, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de
acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el
cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección
ambiental.
Con fecha 27 de febrero de 2025, la Dirección General de Medio Natural y Animal de
la Generalitat Valenciana informa desfavorablemente la instalación fotovoltaica,
aduciendo que el proyecto carece de un estudio de avifauna de año completo al tener
intervalos temporales desactualizados y por la falta de análisis en dicho estudio de
avifauna, del efecto sinérgico y acumulativo del resto de plantas fotovoltaicas de la
subzona 1.1 del Plan Especial Fotovoltaico de Ayora-Zarra-Jarafuel. Asimismo, este
organismo destaca en su informe la cercanía de la planta fotovoltaica a la ZEC Valle de
Ayora y Sierra del Boquerón y al Monte de Utilidad Pública V033 Los Cuartos. En virtud
de ello, se concluye la necesidad de que el proyecto sea sometido al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de
apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad,
el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección
ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual
dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho
plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la
propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Fotovoltaica Valle Solar II, de 87,45
MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
cve: BOE-A-2025-5499
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67