Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5465)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., para la gestión de ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa destinadas a maestros y a titulados en Máster en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, durante el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36673
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, y será
convocado por la UIMP con la colaboración del MEFPD, que actuará como órgano
instructor y establecerá los criterios de dirección, gestión y adjudicación de las ayudas.
Segunda.
La UIMP y el MEFPD actuarán, en relación con la gestión conjunta de estas ayudas,
en los términos previstos en este convenio y en las bases reguladoras que resulten de
aplicación, así como en la resolución de la UIMP por la que se convocarán las ayudas
para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa durante el año 2025.
Tercera.
La UIMP concederá, mediante convocatoria pública, hasta 1.005 ayudas para
participar en los cursos de inmersión en lengua inglesa, en régimen de internado,
durante el año 2025.
Los beneficiarios serán quienes hayan obtenido el título de Máster en Formación del
Profesorado de Educación Secundaria o hayan obtenido el título de grado de Maestro,
en alguno de los tres cursos académicos anteriores (2021-2022, 2022-2023
o 2023-2024).
Los cursos se impartirán en tres modalidades: Área de Inglés, Área de Ciencias y
Área de Sociales.
La UIMP organizará los cursos de inmersión en lengua inglesa para los beneficiarios
de las ayudas en las diferentes sedes de que dispone, asignando las plazas a cada sede
según disponibilidad. Una vez asignadas, la UIMP podrá ajustar la oferta de semanas y
sedes en función de la demanda de los solicitantes y la disponibilidad de espacios,
pudiendo aumentar o disminuir el número de plazas o reajustarlas de una semana a otra
siempre que no excedan de 1.005, garantizando, en todo caso, al menos tres sedes.
Tanto el calendario con la asignación inicial de plazas como las posibles variaciones
posteriores serán comunicadas por la UIMP al MEFPD.
Además, todos los alumnos participantes estarán cubiertos por un seguro de
accidentes y responsabilidad civil.
El importe de la ayuda por alumno será de hasta 587,56 euros.
Cuarta.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de convocatoria pública en
régimen de concurrencia competitiva, siendo el Rector de la UIMP el órgano competente
para su convocatoria y resolución. El órgano instructor del procedimiento de concesión
será la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa, del
MEFPD. En su ejercicio, el órgano instructor será asistido por un órgano mixto de
selección, con la composición que se determine en la convocatoria.
La presentación de las solicitudes se efectuará a través de la aplicación informática
habilitada al efecto por el MEFPD a través de su sede electrónica.
Una vez revisadas las solicitudes y previo informe del órgano mixto de selección, el
órgano instructor dictará la propuesta de resolución provisional, que abrirá el trámite de
presentación de alegaciones.
Revisadas las alegaciones y, nuevamente, previo informe del órgano mixto de
selección, el órgano instructor dictará la propuesta de resolución definitiva que será
elevada al órgano concedente, quien dictará la correspondiente resolución de concesión.
Las propuestas de resolución y la resolución de concesión irán acompañadas de una
relación de solicitudes concedidas y denegadas, así como de una relación de candidatos
suplentes, para el caso de no cubrirse las plazas por renuncia o porque los
adjudicatarios no realicen en plazo los trámites preceptivos previstos en la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-5465
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36673
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, y será
convocado por la UIMP con la colaboración del MEFPD, que actuará como órgano
instructor y establecerá los criterios de dirección, gestión y adjudicación de las ayudas.
Segunda.
La UIMP y el MEFPD actuarán, en relación con la gestión conjunta de estas ayudas,
en los términos previstos en este convenio y en las bases reguladoras que resulten de
aplicación, así como en la resolución de la UIMP por la que se convocarán las ayudas
para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa durante el año 2025.
Tercera.
La UIMP concederá, mediante convocatoria pública, hasta 1.005 ayudas para
participar en los cursos de inmersión en lengua inglesa, en régimen de internado,
durante el año 2025.
Los beneficiarios serán quienes hayan obtenido el título de Máster en Formación del
Profesorado de Educación Secundaria o hayan obtenido el título de grado de Maestro,
en alguno de los tres cursos académicos anteriores (2021-2022, 2022-2023
o 2023-2024).
Los cursos se impartirán en tres modalidades: Área de Inglés, Área de Ciencias y
Área de Sociales.
La UIMP organizará los cursos de inmersión en lengua inglesa para los beneficiarios
de las ayudas en las diferentes sedes de que dispone, asignando las plazas a cada sede
según disponibilidad. Una vez asignadas, la UIMP podrá ajustar la oferta de semanas y
sedes en función de la demanda de los solicitantes y la disponibilidad de espacios,
pudiendo aumentar o disminuir el número de plazas o reajustarlas de una semana a otra
siempre que no excedan de 1.005, garantizando, en todo caso, al menos tres sedes.
Tanto el calendario con la asignación inicial de plazas como las posibles variaciones
posteriores serán comunicadas por la UIMP al MEFPD.
Además, todos los alumnos participantes estarán cubiertos por un seguro de
accidentes y responsabilidad civil.
El importe de la ayuda por alumno será de hasta 587,56 euros.
Cuarta.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de convocatoria pública en
régimen de concurrencia competitiva, siendo el Rector de la UIMP el órgano competente
para su convocatoria y resolución. El órgano instructor del procedimiento de concesión
será la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa, del
MEFPD. En su ejercicio, el órgano instructor será asistido por un órgano mixto de
selección, con la composición que se determine en la convocatoria.
La presentación de las solicitudes se efectuará a través de la aplicación informática
habilitada al efecto por el MEFPD a través de su sede electrónica.
Una vez revisadas las solicitudes y previo informe del órgano mixto de selección, el
órgano instructor dictará la propuesta de resolución provisional, que abrirá el trámite de
presentación de alegaciones.
Revisadas las alegaciones y, nuevamente, previo informe del órgano mixto de
selección, el órgano instructor dictará la propuesta de resolución definitiva que será
elevada al órgano concedente, quien dictará la correspondiente resolución de concesión.
Las propuestas de resolución y la resolución de concesión irán acompañadas de una
relación de solicitudes concedidas y denegadas, así como de una relación de candidatos
suplentes, para el caso de no cubrirse las plazas por renuncia o porque los
adjudicatarios no realicen en plazo los trámites preceptivos previstos en la convocatoria.
cve: BOE-A-2025-5465
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.