Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5490)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Universitat Oberta de Catalunya, para la realización de acciones conjuntas que faciliten la formación e inserción laboral de los deportistas de alto nivel y rendimiento en el marco del Programa de Atención al Deportista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36804
Ambas partes se reunirán, como mínimo, una vez al semestre para supervisar el
desarrollo de la colaboración en todos los ámbitos. Para ello, se constituirá una Comisión
mixta de seguimiento con representantes de ambas partes.
La Comisión de Seguimiento deberá evaluar los resultados de la cooperación
desarrollada, analizar y aprobar las propuestas para su ejecución, revisar las áreas
prioritarias, evaluar otras formas de colaboración, así como proponer acciones
específicas que desarrollen el presente convenio. La Comisión elevará informes y
propuestas a los órganos rectores de ambas instituciones.
Novena.
Naturaleza del convenio.
Este convenio es de naturaleza jurídico-administrativa, se rigen por lo establecido en
los artículos 47 y siguientes de la LRJSP y queda sometido al régimen jurídico de
convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la citada ley.
Décima.
Régimen jurídico.
Las controversias entre las partes firmantes y el conocimiento de las mismas, en
caso de litigio judicial se resolverán por los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2025-5490
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con los términos que anteceden y para que así conste,
firman las partes el presente documento en la fecha consignada en la firma digital de la
última de las partes en firmar el documento.–El Director General de Deportes, Fernando
Molinero Revert.–La Rectora Magnífica, Àngels Fitó Bertran.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36804
Ambas partes se reunirán, como mínimo, una vez al semestre para supervisar el
desarrollo de la colaboración en todos los ámbitos. Para ello, se constituirá una Comisión
mixta de seguimiento con representantes de ambas partes.
La Comisión de Seguimiento deberá evaluar los resultados de la cooperación
desarrollada, analizar y aprobar las propuestas para su ejecución, revisar las áreas
prioritarias, evaluar otras formas de colaboración, así como proponer acciones
específicas que desarrollen el presente convenio. La Comisión elevará informes y
propuestas a los órganos rectores de ambas instituciones.
Novena.
Naturaleza del convenio.
Este convenio es de naturaleza jurídico-administrativa, se rigen por lo establecido en
los artículos 47 y siguientes de la LRJSP y queda sometido al régimen jurídico de
convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la citada ley.
Décima.
Régimen jurídico.
Las controversias entre las partes firmantes y el conocimiento de las mismas, en
caso de litigio judicial se resolverán por los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2025-5490
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con los términos que anteceden y para que así conste,
firman las partes el presente documento en la fecha consignada en la firma digital de la
última de las partes en firmar el documento.–El Director General de Deportes, Fernando
Molinero Revert.–La Rectora Magnífica, Àngels Fitó Bertran.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X