Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. I. Disposiciones generales. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2025-5411)
Orden VAU/263/2025, de 14 de marzo, por la que se crea la sede electrónica asociada del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 36532

b) La denominación de los centros, organismos y unidades responsables, cuando
deriven de reordenaciones organizativas.
c) La relación y características de los canales de acceso a los servicios disponibles
en la sede.
d) Cualquier otra característica que no sea de consignación obligatoria para las
sedes electrónicas conforme a lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del
sector público por medios electrónicos.
Octavo. Eficacia de la orden y puesta en funcionamiento de la sede electrónica del
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
La sede comenzará a operar en el momento que determine su titular, dentro del
plazo máximo de seis meses a contar desde que produzca efectos esta orden.
Desde la fecha de operatividad de la sede, las previsiones de la Orden
FOM/677/2010, de 17 de marzo, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de
Fomento, dejarán de ser aplicables a los procedimientos y servicios competencia del
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
La sede electrónica asociada del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana se
publicará en la sede electrónica del Punto de Acceso General electrónico (PAGe) de la
Administración General del Estado.

cve: BOE-A-2025-5411
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de marzo de 2025.–La Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel
Rodríguez García.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X