Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-5407)
Orden HAC/262/2025, de 12 de marzo, por la que se modifica la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 36468
ANEXO II
FORMATO ELECTRÓNICO
(PARTE 1)
Pago fraccionado
Agencia Tributaria
MINISTERIO
DE HACIENDA
Teléfonos: 91 554 87 70 / 901 33 55 33
https://sede.agenciatributaria.gob.es
Devengo (3)
Nombre o Razón social
Representante (entidad no dominante)
Ejercicio .................................................
Período(*) ................................................................
Dominante (incluida en el grupo fiscal)
Teléfono
222
Régimen consolidación fiscal
Identificación entidad representante/dominante (incluida en el grupo fiscal) (1)
NIF
Modelo
Impuesto sobre Sociedades
Nº de grupo
(*) Consigne "1P" (abril), "2P" (octubre y anual foral de Navarra), "3P" (diciembre) o
0A (anual foral de Guipúzcoa, Vizcaya y Álava), según corresponda.
CNAE actividad principal .......
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Navarra
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Guipúzcoa
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Vizcaya
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Álava
Fecha inicio período impositivo ...
Espacio reservado para el número de justificante
Identificación entidad dominante (2)
Nº de identificación
País/territorio foral
Nombre o Razón social
Datos identificativos de la entidad dominante en el caso de un grupo constituido por entidades dependientes.
Datos adicionales (4)
Grupo de entidades en el que es aplicable el régimen de las entidades navieras en función del tonelaje
Grupo fiscal que cumpla los requisitos para la aplicación de los incentivos de empresa de reducida dimensión (art. 101 LIS) y aplique el tipo de gravamen
específico previsto para estas entidades
Importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo es superior a 6.000.000 euros
Grupo de cooperativas fiscalmente protegidas
Grupo fiscal formado exclusivamente por entidades de capital-riesgo que apliquen el régimen fiscal especial del art. 50 LIS
Marque esta casilla si concurre ALGUNA de las siguientes circunstancias:
- Grupo fiscal que aplica la Reserva para inversiones en Canarias o tenga derecho a la bonificación del art. 26 Ley 19/1994
- Grupo fiscal que aplica el régimen ZEC
- Grupo fiscal que aplica la bonificación de Ceuta y Melilla art. 33 LIS
- Grupo fiscal con resultados positivos por operaciones de aumento de capital o fondos propios por compensación de créditos que no se
integran en la base imponible por aplicación del art. 17.2 LIS
- Grupo fiscal parcialmente exento que aplica el régimen fiscal especial Cap. XIV Tít. VII LIS
- Grupo fiscal que aplica la bonificación del art. 34 LIS
Grupo fiscal con importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior inferior a 1 millón de euros
Otros grupos fiscales con posibilidad de aplicar más de un tipo impositivo
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso
Importe neto de la cifra de negocios en los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo:
- Igual o superior a 10 millones de euros e inferior a 20 millones de euros
- Igual o superior a 20 millones de euros e inferior a 60 millones de euros
- Igual o superior a 60 millones de euros
Liquidación (5)
Liquidación modalidad artículo 40.2 LIS
Liquidación modalidad artículo 40.3 LIS
A) Cálculo del pago fraccionado: modalidad artículo 40.2 LIS
Base del pago fraccionado .............................................................................................................................................. 01
Resultado de la declaración anterior (exclusivamente si ésta es complementaria) ................................................................ 02
A ingresar ...................................................................................................................................................................... 03
B) Cálculo del pago fraccionado: modalidad artículo 40.3 LIS
Suma de resultados contables individuales (después del IS e IC) ........................................................................................ 04
Correcciones al resultado contable:
Aumentos
Disminuciones
06
Corrección por Impuesto sobre Sociedades (IS)................................................... 05
Corrección por Impuesto Complementario (IC) .................................................... 67
37
08
39
Aumentos
Ajustes para la determinación de la base imponible del grupo (DA 19ª LIS) ............ 59
Disminuciones
60
Suma de bases imponibles individuales antes de compensar bases imponibles negativas de períodos anteriores .................. 10
Aumentos
Disminuciones
Correcciones diferimiento resultados internos y otras correcc. consolidación ........ 11
12
Base imponible previa ..................................................................................................................................................... 13
Dotaciones del art. 11.12 y DT 33ª.1 LIS del grupo .......................................................................................................... 44
Dotaciones del art. 11.12 y DT 33ª.1 LIS generados a nivel individual o de grupo previo a la incorporación al grupo (art. 67 y 74.3 LIS).... 45
Remanente reserva de capitalización no aplicada por insuficiencia de base......................................................................... 46
Compensación de bases imponibles negativas del grupo de períodos anteriores ................................................................ 14
Compensación de bases imponibles negativas de entidades o de grupos previos a la integración al grupo (art. 67 y 74.3 LIS) .... 15
Reserva de nivelación (art. 105 LIS) (sólo grupos que cumplan los requisitos para la
Aumentos
Disminuciones
aplicación de los incentivos de empresa de reducida dimensión (art. 101 LIS) y apliquen
48
el tipo de gravamen específico previsto para estas entidades) ........................................ 47
cve: BOE-A-2025-5407
Verificable en https://www.boe.es
Reversión del 30% del importe de los gastos de amortiz. contable (art. 7 Ley 16/2012)
Resto correcciones al resultado contable, excepto comp. BI negativa ej. ant. ....... 07
TOTAL ............................................................................... 38
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 36468
ANEXO II
FORMATO ELECTRÓNICO
(PARTE 1)
Pago fraccionado
Agencia Tributaria
MINISTERIO
DE HACIENDA
Teléfonos: 91 554 87 70 / 901 33 55 33
https://sede.agenciatributaria.gob.es
Devengo (3)
Nombre o Razón social
Representante (entidad no dominante)
Ejercicio .................................................
Período(*) ................................................................
Dominante (incluida en el grupo fiscal)
Teléfono
222
Régimen consolidación fiscal
Identificación entidad representante/dominante (incluida en el grupo fiscal) (1)
NIF
Modelo
Impuesto sobre Sociedades
Nº de grupo
(*) Consigne "1P" (abril), "2P" (octubre y anual foral de Navarra), "3P" (diciembre) o
0A (anual foral de Guipúzcoa, Vizcaya y Álava), según corresponda.
CNAE actividad principal .......
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Navarra
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Guipúzcoa
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Vizcaya
Grupo fiscal sometido a normativa de Territorio Foral de Álava
Fecha inicio período impositivo ...
Espacio reservado para el número de justificante
Identificación entidad dominante (2)
Nº de identificación
País/territorio foral
Nombre o Razón social
Datos identificativos de la entidad dominante en el caso de un grupo constituido por entidades dependientes.
Datos adicionales (4)
Grupo de entidades en el que es aplicable el régimen de las entidades navieras en función del tonelaje
Grupo fiscal que cumpla los requisitos para la aplicación de los incentivos de empresa de reducida dimensión (art. 101 LIS) y aplique el tipo de gravamen
específico previsto para estas entidades
Importe neto de la cifra de negocios de los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo es superior a 6.000.000 euros
Grupo de cooperativas fiscalmente protegidas
Grupo fiscal formado exclusivamente por entidades de capital-riesgo que apliquen el régimen fiscal especial del art. 50 LIS
Marque esta casilla si concurre ALGUNA de las siguientes circunstancias:
- Grupo fiscal que aplica la Reserva para inversiones en Canarias o tenga derecho a la bonificación del art. 26 Ley 19/1994
- Grupo fiscal que aplica el régimen ZEC
- Grupo fiscal que aplica la bonificación de Ceuta y Melilla art. 33 LIS
- Grupo fiscal con resultados positivos por operaciones de aumento de capital o fondos propios por compensación de créditos que no se
integran en la base imponible por aplicación del art. 17.2 LIS
- Grupo fiscal parcialmente exento que aplica el régimen fiscal especial Cap. XIV Tít. VII LIS
- Grupo fiscal que aplica la bonificación del art. 34 LIS
Grupo fiscal con importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior inferior a 1 millón de euros
Otros grupos fiscales con posibilidad de aplicar más de un tipo impositivo
Tipo de gravamen del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso
Importe neto de la cifra de negocios en los doce meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo:
- Igual o superior a 10 millones de euros e inferior a 20 millones de euros
- Igual o superior a 20 millones de euros e inferior a 60 millones de euros
- Igual o superior a 60 millones de euros
Liquidación (5)
Liquidación modalidad artículo 40.2 LIS
Liquidación modalidad artículo 40.3 LIS
A) Cálculo del pago fraccionado: modalidad artículo 40.2 LIS
Base del pago fraccionado .............................................................................................................................................. 01
Resultado de la declaración anterior (exclusivamente si ésta es complementaria) ................................................................ 02
A ingresar ...................................................................................................................................................................... 03
B) Cálculo del pago fraccionado: modalidad artículo 40.3 LIS
Suma de resultados contables individuales (después del IS e IC) ........................................................................................ 04
Correcciones al resultado contable:
Aumentos
Disminuciones
06
Corrección por Impuesto sobre Sociedades (IS)................................................... 05
Corrección por Impuesto Complementario (IC) .................................................... 67
37
08
39
Aumentos
Ajustes para la determinación de la base imponible del grupo (DA 19ª LIS) ............ 59
Disminuciones
60
Suma de bases imponibles individuales antes de compensar bases imponibles negativas de períodos anteriores .................. 10
Aumentos
Disminuciones
Correcciones diferimiento resultados internos y otras correcc. consolidación ........ 11
12
Base imponible previa ..................................................................................................................................................... 13
Dotaciones del art. 11.12 y DT 33ª.1 LIS del grupo .......................................................................................................... 44
Dotaciones del art. 11.12 y DT 33ª.1 LIS generados a nivel individual o de grupo previo a la incorporación al grupo (art. 67 y 74.3 LIS).... 45
Remanente reserva de capitalización no aplicada por insuficiencia de base......................................................................... 46
Compensación de bases imponibles negativas del grupo de períodos anteriores ................................................................ 14
Compensación de bases imponibles negativas de entidades o de grupos previos a la integración al grupo (art. 67 y 74.3 LIS) .... 15
Reserva de nivelación (art. 105 LIS) (sólo grupos que cumplan los requisitos para la
Aumentos
Disminuciones
aplicación de los incentivos de empresa de reducida dimensión (art. 101 LIS) y apliquen
48
el tipo de gravamen específico previsto para estas entidades) ........................................ 47
cve: BOE-A-2025-5407
Verificable en https://www.boe.es
Reversión del 30% del importe de los gastos de amortiz. contable (art. 7 Ley 16/2012)
Resto correcciones al resultado contable, excepto comp. BI negativa ej. ant. ....... 07
TOTAL ............................................................................... 38