Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Igualdad de género. (BOE-A-2025-5397)
Orden IGD/261/2025, de 13 de marzo, por la que se resuelve el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36419
En su virtud, y a la vista de todo lo actuado, la Ministra de Igualdad ha resuelto, en
uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas:
Primero.
Conceder el distintivo «Igualdad en la Empresa» a las entidades que se relacionan
en el anexo, al entender que destacan de forma relevante y especialmente significativa
en la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus
trabajadoras y trabajadores, en los términos previstos en el artículo 50 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por
el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa»,
modificado por el Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo.
Segundo.
Desestimar el resto de las candidaturas presentadas por las empresas o entidades
no incluidas expresamente en dicha relación. Dicha desestimación será notificada de
forma electrónica e individual a las citadas empresas o entidades con expresión del
motivo que justifica la no concesión del citado distintivo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al
día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá recurrirse
en vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional, de conformidad con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, salvo que se hubiera
interpuesto previamente recurso de reposición, en cuyo caso el plazo para la
interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses desde el día
siguiente al de la recepción de su resolución o de seis meses si fuera desestimación
presunta por el transcurso de un mes desde su interposición.
Madrid, 13 de marzo de 2025.–La Ministra de Igualdad, Ana Redondo García.
ANEXO
Nombre o razón social
CIF
DIE2024-079
AB AZUCARERA IBERIA, SLU.
B78373511
DIE2024-042
ABBVIE SPAIN, SLU.
B86418787
DIE2024-097
ACCIONA CONSTRUCCIÓN, SA.
A81638108
DIE2024-073
ACCIONA INGENIERÍA CULTURAL, SL.
B82234451
DIE2024-096
ADALID SERVICIOS CORPORATIVOS, SL.
B83685552
DIE2024-007
ASOCIACIÓN AFES SALUD MENTAL.
G38065801
DIE2024-132
ASOCIACIÓN CENTRO TRAMA.
G80054760
DIE2024-041
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO Y SOCIAL.
G04460796
DIE2024-100
CECABANK.
A86436011
DIE2024-069
CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CARDIOVASCULARES CARLOS III (FSP).
G82316753
DIE2024-038
CORPORACIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN ESPAÑOLA, SA, SME.
A84818558
DIE2024-116
DICAMPUS, SL.
B33872094
DIE2024-068
DISA HOLDING ENERGÉTICO, SL.
B76802610
cve: BOE-A-2025-5397
Verificable en https://www.boe.es
Número expediente
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36419
En su virtud, y a la vista de todo lo actuado, la Ministra de Igualdad ha resuelto, en
uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas:
Primero.
Conceder el distintivo «Igualdad en la Empresa» a las entidades que se relacionan
en el anexo, al entender que destacan de forma relevante y especialmente significativa
en la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus
trabajadoras y trabajadores, en los términos previstos en el artículo 50 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por
el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa»,
modificado por el Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo.
Segundo.
Desestimar el resto de las candidaturas presentadas por las empresas o entidades
no incluidas expresamente en dicha relación. Dicha desestimación será notificada de
forma electrónica e individual a las citadas empresas o entidades con expresión del
motivo que justifica la no concesión del citado distintivo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al
día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá recurrirse
en vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional, de conformidad con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, salvo que se hubiera
interpuesto previamente recurso de reposición, en cuyo caso el plazo para la
interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses desde el día
siguiente al de la recepción de su resolución o de seis meses si fuera desestimación
presunta por el transcurso de un mes desde su interposición.
Madrid, 13 de marzo de 2025.–La Ministra de Igualdad, Ana Redondo García.
ANEXO
Nombre o razón social
CIF
DIE2024-079
AB AZUCARERA IBERIA, SLU.
B78373511
DIE2024-042
ABBVIE SPAIN, SLU.
B86418787
DIE2024-097
ACCIONA CONSTRUCCIÓN, SA.
A81638108
DIE2024-073
ACCIONA INGENIERÍA CULTURAL, SL.
B82234451
DIE2024-096
ADALID SERVICIOS CORPORATIVOS, SL.
B83685552
DIE2024-007
ASOCIACIÓN AFES SALUD MENTAL.
G38065801
DIE2024-132
ASOCIACIÓN CENTRO TRAMA.
G80054760
DIE2024-041
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO Y SOCIAL.
G04460796
DIE2024-100
CECABANK.
A86436011
DIE2024-069
CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CARDIOVASCULARES CARLOS III (FSP).
G82316753
DIE2024-038
CORPORACIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN ESPAÑOLA, SA, SME.
A84818558
DIE2024-116
DICAMPUS, SL.
B33872094
DIE2024-068
DISA HOLDING ENERGÉTICO, SL.
B76802610
cve: BOE-A-2025-5397
Verificable en https://www.boe.es
Número expediente