Ministerio de Igualdad. III. Otras disposiciones. Igualdad de género. (BOE-A-2025-5397)
Orden IGD/261/2025, de 13 de marzo, por la que se resuelve el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36418
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE IGUALDAD
5397
Orden IGD/261/2025, de 13 de marzo, por la que se resuelve el
procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa»
correspondiente al año 2024.
1.º La Dirección del Instituto de las Mujeres es el órgano competente para la
instrucción del procedimiento para la concesión del citado distintivo, correspondiendo su
gestión a la Subdirección General para el Emprendimiento, la Igualdad en la Empresa y
la Negociación Colectiva de Mujeres, según establece el apartado sexto.1 de la citada
Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre.
2.º En la instrucción del procedimiento se han observado las disposiciones
contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de
octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la
Empresa», modificado por el Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo, y en la citada orden
de la convocatoria de 2024.
3.º La Comisión Evaluadora, prevista en el apartado sexto, punto 2, de la Orden
IGD/954/2024, de 5 de septiembre, quedó válidamente constituida en fecha de 15 de
enero de 2025.
En las candidaturas presentadas se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos
previstos en la convocatoria a través del examen de la documentación aportada por las
entidades candidatas, tanto la acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales
para concurrir a este procedimiento, como la acreditativa de la situación de la empresa
en relación a la implantación, seguimiento, evaluación y resultados de las medidas
contenidas en los planes de igualdad o en las políticas de igualdad, su carácter integral,
la aplicación de medidas de acción positiva, la implantación, seguimiento y evaluación
del protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, la desagregación por sexo de
los datos, así como a aspectos relativos a la evolución y grado de implantación de las
medidas de igualdad y de la situación de las mujeres y los hombres en la plantilla.
Igualmente se ha tenido en cuenta la información suministrada por las entidades
candidatas contenida en los anexos de la convocatoria, y cualquier otro documento,
relacionado con sus políticas de igualdad, que hayan estimado oportuno aportar.
4.º La valoración de todas las candidaturas se ha efectuado conforme a los criterios
de valoración establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 1615/2009, de 26 de
octubre, modificado por el Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo; y en el apartado
séptimo de la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre.
cve: BOE-A-2025-5397
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 13 de septiembre de 2024 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado»,
la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la
concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» y se efectúa la convocatoria
correspondiente al año 2024.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado sexto, punto 3, de esta orden, la
Comisión Evaluadora ha elevado, a través de la Directora del Instituto de las Mujeres,
con fecha 10 de marzo de 2025, la correspondiente propuesta de resolución definitiva.
Del procedimiento tramitado y de conformidad con dicha propuesta, resulta que:
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 36418
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE IGUALDAD
5397
Orden IGD/261/2025, de 13 de marzo, por la que se resuelve el
procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa»
correspondiente al año 2024.
1.º La Dirección del Instituto de las Mujeres es el órgano competente para la
instrucción del procedimiento para la concesión del citado distintivo, correspondiendo su
gestión a la Subdirección General para el Emprendimiento, la Igualdad en la Empresa y
la Negociación Colectiva de Mujeres, según establece el apartado sexto.1 de la citada
Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre.
2.º En la instrucción del procedimiento se han observado las disposiciones
contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de
octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la
Empresa», modificado por el Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo, y en la citada orden
de la convocatoria de 2024.
3.º La Comisión Evaluadora, prevista en el apartado sexto, punto 2, de la Orden
IGD/954/2024, de 5 de septiembre, quedó válidamente constituida en fecha de 15 de
enero de 2025.
En las candidaturas presentadas se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos
previstos en la convocatoria a través del examen de la documentación aportada por las
entidades candidatas, tanto la acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales
para concurrir a este procedimiento, como la acreditativa de la situación de la empresa
en relación a la implantación, seguimiento, evaluación y resultados de las medidas
contenidas en los planes de igualdad o en las políticas de igualdad, su carácter integral,
la aplicación de medidas de acción positiva, la implantación, seguimiento y evaluación
del protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, la desagregación por sexo de
los datos, así como a aspectos relativos a la evolución y grado de implantación de las
medidas de igualdad y de la situación de las mujeres y los hombres en la plantilla.
Igualmente se ha tenido en cuenta la información suministrada por las entidades
candidatas contenida en los anexos de la convocatoria, y cualquier otro documento,
relacionado con sus políticas de igualdad, que hayan estimado oportuno aportar.
4.º La valoración de todas las candidaturas se ha efectuado conforme a los criterios
de valoración establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 1615/2009, de 26 de
octubre, modificado por el Real Decreto 333/2023, de 3 de mayo; y en el apartado
séptimo de la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre.
cve: BOE-A-2025-5397
Verificable en https://www.boe.es
Con fecha 13 de septiembre de 2024 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado»,
la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la
concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» y se efectúa la convocatoria
correspondiente al año 2024.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado sexto, punto 3, de esta orden, la
Comisión Evaluadora ha elevado, a través de la Directora del Instituto de las Mujeres,
con fecha 10 de marzo de 2025, la correspondiente propuesta de resolución definitiva.
Del procedimiento tramitado y de conformidad con dicha propuesta, resulta que: