Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-5316)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de marzo de 2025

Sec. II.B. Pág. 35623

constitución y determinar los criterios detallados para la valoración del concurso (anexo III)
y el modo de presentación de la documentación. La constitución de la comisión, que se
realizará por videoconferencia, requiere la presencia de todos sus miembros titulares, sin
perjuicio de que pueda ser necesario convocar a algún suplente según lo previsto en el
artículo 10.5 de la citada normativa de concursos de la Universidad de Cantabria, que
desde ese momento actuaría como titular.
6.2 Tras finalizar el proceso de admisión de candidatos y publicadas la lista
provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, la sección de personal
docente enviará al presidente de la comisión correspondiente la lista de aspirantes
admitidos, así como toda la documentación aportada por ellos para justificar el
cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder al concurso.
6.3 El presidente de la comisión notificará por correo electrónico a los candidatos el
lugar, fecha y hora del acto de presentación e indicará el modo de presentación de la
documentación, con una antelación mínima de diez días naturales.
6.4 El acto de presentación de los candidatos, que será público, se realizará en
modalidad presencial para los candidatos y para los miembros de la comisión de la
Universidad de Cantabria pudiendo actuar por medios electrónicos los miembros
externos. Este consistirá en su presentación e identificación ante la comisión y la entrega
a su presidente de la documentación siguiente:
– Curriculum vitae, en modelo normalizado según anexo IV en formato electrónico,
en el que el concursante detallará su historial académico, experiencia docente e
investigadora (incluyendo la de transferencia e intercambio de conocimiento) así como la
experiencia asistencial sanitaria. Su falta de aportación por los candidatos no podrá ser
subsanada.
– Un ejemplar en formato electrónico de todos los méritos alegados y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo en formato PDF y organizado en
carpetas según el orden en el que aparecen los apartados del currículo que identifique
claramente su contenido. Se enviará a la Comisión en formato comprimido (ZIP) de
acuerdo o como la Comisión lo determine en el acto de constitución.
– El proyecto docente y de investigación (incluyendo la transferencia e intercambio
de conocimiento) en formato electrónico que el concursante propone para la exposición y
defensa ante la comisión. Este deberá estar contextualizado en un plan de estudios
vigente en la UC y, más concretamente, en la docencia asignada al departamento donde
se convoque la plaza. En el caso de las plazas de profesorado titular y permanente
laboral el proyecto docente incluirá, al menos, el programa de una asignatura básica u
obligatoria de Grado de 6 créditos ECTS o de Máster con competencias profesionales,
de al menos 5 créditos ECTS (o de varias asignaturas para llegar al mínimo).
La documentación a la que hace referencia este apartado no se adjuntará en ningún
caso junto con la solicitud de admisión al concurso.
En este mismo acto se determinará mediante sorteo el orden de actuación de los
candidatos presentados para realizar la primera prueba, y se fijará el lugar, día y hora del
comienzo de la misma. Igualmente se fijará el plazo durante el cual los candidatos podrán
examinar la documentación presentada por los demás concursantes, y el lugar donde
podrán hacerlo. Se publicará la lista de los candidatos presentados, el tiempo y lugar para
examinar la documentación, y el lugar, día y hora en que comenzará la primera prueba en el
tablón de anuncios del Departamento y en la puerta de acceso al lugar de celebración y
complementariamente en la página Web de Concursos PDI de la UC.
6.5 La valoración del currículo de los candidatos se ajustará al baremo detallado
que la comisión indique, y que se ajustará a lo establecido en los criterios de valoración
establecidos en el anexo III.
Los méritos de los solicitantes serán valorados en relación con la especialidad de
conocimiento para la que se convocan las plazas. El baremo se estructurará en cinco
apartados: Docencia, Investigación, Actividad asistencial (en su caso), Liderazgo y otros
méritos.

cve: BOE-A-2025-5316
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 65