Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-5338)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con Canal de Isabel II, SA, M.P., para la toma de muestras de agua residual en desarrollo del proyecto Argos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Lunes 17 de marzo de 2025

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las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de
resolución previstas en el apartado 2 del mismo artículo, y que son las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las
Partes.
En este caso, la parte cumplidora podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en determinado plazo, indicando las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Dicho requerimiento será comunicado a
los Coordinadores del convenio referidos en la cláusula novena y a la otra parte firmante.
Si, trascurrido el plazo indicado en el requerimiento, persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa conllevará la
indemnización de los perjuicios causados que en su caso se determine.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en la
normativa vigente.
Decimocuarta.

Naturaleza jurídica y resolución de controversias.

El presente convenio es de naturaleza administrativa y se rige por las previsiones del
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Los conflictos que pudieran derivarse de la interpretación, aplicación o ejecución del
presente convenio, se resolverán a través de la Comisión de Seguimiento que se
constituirá a tal efecto. En caso de que no pudiera alcanzarse una solución a través de la
citada Comisión, dichas cuestiones se someterán, en su caso, al orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2025-5338
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las Partes firman el presente convenio a 6 de marzo
de 2025.–El Consejero Delegado del Canal de Isabel II, SA, M.P. (Sociedad Canal),
Mariano González Sáez.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales
de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC),
Carlos Closa Montero.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X