Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-5047)
Texto enmendado del Anexo al Convenio contra el dopaje, hecho en Estrasburgo el 16 de noviembre de 1989, cuyas Enmiendas fueron adoptadas en Estrasburgo el 18 de diciembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Viernes 14 de marzo de 2025
M2.

Sec. I. Pág. 34368

Manipulación química y física

Se prohíbe lo siguiente:
M.2.1 La manipulación, o el intento de manipulación, de las muestras tomadas
durante los controles del dopaje, con el fin de alterar su integridad y validez.
Incluidos, entre otros:
La sustitución y/o adulteración de la muestra, por ejemplo, la incorporación de
proteasas a la muestra.
M.2.2 Las inyecciones y/o perfusiones intravenosas de más de 100 mililitros en total
por intervalo de 12 horas, excepto las recibidas legítimamente en el transcurso de
tratamientos hospitalarios, procedimientos quirúrgicos o exámenes diagnósticos clínicos.
M3.

Dopaje genético y celular

Se prohíben los siguientes métodos con capacidad de mejorar el rendimiento
deportivo:
M.3.1 El uso de ácidos nucleicos o análogos de ácidos nucleicos capaces de
modificar secuencias genómicas y/o la expresión genética por cualquier mecanismo. Lo
anterior comprende, aunque no exclusivamente, las tecnologías de edición genética,
silenciamiento génico y transferencia genética.
M.3.2 El uso de células normales o genéticamente modificadas.
Sustancias y métodos prohibidos en competición
S6.

Estimulantes

Todas las sustancias de esta clase están prohibidas en competición.
Todas las sustancias prohibidas en esta clase son sustancias específicas, con
excepción de las sustancias indicadas en S6.A, que son sustancias no específicas.
Sustancias de abuso en esta sección: cocaína y metilendioximetanfetamina (MDMA/
«éxtasis»).
Se prohíben todos los estimulantes, incluidos todos los isómeros ópticos, por
ejemplo, d- y l-, en su caso.
Son estimulantes:



















Los estimulantes no específicos.

Adrafinilo;
amifenazol;
anfepramona;
anfetamina;
anfetaminilo;
benfluorex;
benzilpiperazina;
bromantano;
clobenzorex;
cocaína;
cropropamida;
crotetamida;
fencamina;
fendimetrazina;
fenetilina;
fenfluramina;
fenproporex;

cve: BOE-A-2025-5047
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S6.A