Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2025-5049)
Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2024, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y se desarrolla la disposición final décima sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Viernes 14 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 34395

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos
de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del
Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2024, se determinan el lugar, forma y
plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de
obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de
declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se
determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación
de ambos por medios electrónicos y se desarrolla la disposición final décima
sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un
Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de
imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran
magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de
determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para
cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se
modifican otras normas tributarias.

La regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se contiene
fundamentalmente en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre
Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y en el Reglamento
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real
Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se configura como un impuesto
cedido parcialmente a las comunidades autónomas. El artículo 46 de la Ley 22/2009,
de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades
autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican
determinadas normas tributarias, con los requisitos y condiciones en el mismo
establecidos, otorga a las Comunidades Autónomas competencias normativas sobre el
importe del mínimo personal y familiar aplicable para el cálculo del gravamen
autonómico; sobre la escala autonómica aplicable a la base liquidable general; sobre las
deducciones en la cuota íntegra autonómica por circunstancias personales y familiares,
por inversiones no empresariales, por aplicación de renta y por subvenciones y ayudas
públicas no exentas que se perciban de la comunidad autónoma y sobre aumentos o
disminuciones en los porcentajes de deducción por inversión en vivienda habitual, a que
se refiere el artículo 78.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2012.
Haciendo uso de las competencias normativas atribuidas por la citada Ley 22/2009,
las comunidades autónomas de régimen común han regulado, con efectos para el
ejercicio 2024, las cuantías del mínimo personal y familiar, la escala autonómica
aplicable a la base liquidable general y las deducciones en la cuota íntegra, en el marco
de las competencias que tienen atribuidas, que resultarán de aplicación a los sujetos
pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas residentes en sus
respectivos territorios. El comentario y explicación del contenido de la normativa de las
comunidades autónomas de régimen común que regula los aspectos indicados puede
consultarse en el Manual práctico de Renta 2024, en la dirección electrónica de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, https://sede.agenciatributaria.gob.es/.
A este respecto, el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas que se aprueba en la presente orden da respuesta a lo establecido en
el artículo 46.5 de la Ley 22/2009, de 18 diciembre, en cuya virtud los modelos de

cve: BOE-A-2025-5049
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