Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-5046)
Acta de la XV Reunión de la Comisión Mixta Hispano-Ecuatoriana de Cooperación, hecha en Cuenca el 14 de noviembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 34345

como para la redacción del informe anual de seguimiento posterior a la misma. La
preparación y recopilación de datos del seguimiento técnico contará con la contribución
del GEC, que apoyará la coordinación con los actores de la Cooperación Española para
la recogida de datos y valoración de avances previas a la reunión anual. La Comisión
Técnica, estará formada por la OCE y una representación del GEC por parte de la CE, y
por otra parte idealmente contará también con representantes técnicos del MREMH,
instituciones del gobierno nacional y gobiernos regionales o locales vinculados a las
principales intervenciones de la CE en el país en el marco del MAP. Se podrán invitar a
otras entidades y asociaciones regionales, provinciales o locales para temas específicos,
si así se requiere.
B. Una Comisión Estratégica asociada al MAP Ecuador que se centrará en la
revisión intermedia (dos años después de inicio del MAP) para realizar una actualización
del contexto, y anticipar el cumplimiento de resultados y compromisos, o, por el contrario,
la detección de posibles riesgos de incumplimiento y establecimiento de medidas
correctoras. En este foro, se contará con la OCE para coordinar la recopilación datos
intervenciones, así como para la redacción del informe de seguimiento posterior a la
misma. En esta comisión se contará deseablemente con representantes de alto nivel
directivo-político del gobierno ecuatoriano, así como una representación del GEC. En
sede participarán en el seguimiento estratégico el EPA/PCS, DGPOLDES y AECID. Se
propone inicialmente el mes de octubre del 2026 como fecha para la reunión de la
Comisión Estratégica del MAP Ecuador.
Respecto al proceso de evaluación del MAP, con tiempo suficiente para disponer de
la información al inicio de la elaboración del siguiente MAP se procederá a realizar una
evaluación externa de cierre del MAP Ecuador. Para ello, se establecerán los términos
de referencia de la evaluación, del contrato del equipo evaluador y se velara porque se
desarrolle según las fases previstas, coordinando y promoviendo la participación del
resto de actores.
La evaluación de los MAP es esencial para medir su eficacia y eficiencia, así como
para identificar lecciones aprendidas y recomendaciones para mejorar los programas
futuros. La evaluación de un MAP implica el análisis de los resultados y logros
alcanzados, el impacto en las comunidades locales, el análisis de los recursos invertidos
y la comparación con los objetivos y metas previstos.
Todo este proceso será liderado en terreno por la OCE y el MREMH, que mantendrá
una comunicación continua y fluida con los actores de ambos países involucrados en el
desarrollo de este Marco de Asociación.
Los resultados de la evaluación se presentarán en un informe que incluya los
objetivos de la evaluación, los indicadores empleados, los resultados de la recopilación
de datos y el análisis de los datos. También se deben proporcionar recomendaciones
para mejorar el siguiente MAP. El informe de evaluación de cierre del MAP y su resumen
ejecutivo serán publicados en la web de la Cooperación Española, del MAUC, de la
AECID y del MREMH.
Por último, en aras de la transparencia y la debida rendición de cuentas mutua, se
acuerda promover la difusión periódica de las actividades del MAP a todos los actores
involucrados y a las ciudadanías de ambos países, especialmente el presente
documento tras su aprobación, así como las principales conclusiones de los informes
anuales de seguimiento y la evaluación. Asimismo, se desea promover la inclusión como
contenido complementario en esta difusión periódica los datos reales de indicadores
cuantitativos compartidos vinculados a las intervenciones asociadas a este MAP, que
ayuden a reflejar el alcance de la cooperación española en el país. Por ello, se
favorecerá la utilización como marco de referencia la lista vigente de indicadores de
rendición de cuentas (IRC) definidos por la CE, especialmente en el tramo final del MAP

cve: BOE-A-2025-5046
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Núm. 63