Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-5042)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales y Seguridad Digital, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Sociedad Española para la Transformación Tecnológica, E.P.E., y la Junta de Andalucía, para la concesión demanial de determinadas parcelas para el desarrollo de un proyecto para la implantación en España de una sala blanca para la investigación y el desarrollo de semiconductores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Jueves 13 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 34292

VII. El artículo 21.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las
Administraciones Públicas («LPAP») atribuye a los presidentes o directores de los
organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado
la aceptación de bienes o derechos cedidos a título gratuito, atribuyendo el artículo 37
del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la
LPAP al propio organismo público su tramitación. La misma LPAP prevé en su
artículo 186 y 187 la celebración de convenios patrimoniales entre organismos públicos
de la Administración General del Estado y otras Administraciones Públicas,
sometiéndolos a libertad de pactos, dentro de los límites del interés público,
ordenamiento jurídico y principios de buena administración, sometiéndolos a los trámites
de la Ley 40/2015 y de la normativa presupuestaria, con las especialidades que resulten
de aplicar la propia normativa patrimonial.
Por tanto, con la finalidad de regular la concesión demanial de las Parcelas que la
Junta realiza en favor de la SETT, con destino al desarrollo del Proyecto, las Partes
suscriben el presente convenio patrimonial al amparo de lo dispuesto en los artículos 36
y siguientes de la LPCAA, así como en los artículos 21 y 186 de la LPAP y 47 de la
Ley 40/2015, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto principal fijar las actuaciones necesarias a realizar
por cada una de las partes dirigidas a otorgar la concesión demanial a favor de la SETT de
las seis parcelas de naturaleza demanial y titularidad de la Junta de Andalucía que se
describen en la cláusula segunda (las «parcelas»), con destino la ejecución de un proyecto
consistente en la implantación en España de una infraestructura de sala blanca para la
investigación y el desarrollo de semiconductores (chips) que sea un centro de I+D+i de
referencia en el ámbito de la microelectrónica (el «Proyecto»).
Segunda.

Descripción física y jurídica de las parcelas.

La parcela núm. 1 es propiedad de la Junta de Andalucía en virtud de Orden de
fecha 10 de enero de 2024 de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
por la que se acepta la transmisión de la propiedad, mediante mutación demanial
subjetiva, por el Ayuntamiento de Málaga, a favor de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, de dicha parcela, con destino a la implantación I+D+I de microelectrónica y
semiconductores, publicada en BOJA número 9 de 15 de enero de 2025.
Las parcelas núm. 2 a 6 son propiedad de la Junta de Andalucía en virtud de
escritura pública de permuta de fecha 31 de octubre de 2024.

Urbana: Finca PS-D1 del Proyecto de Reparcelación SUP.CA-10 “Ampliación Parque
Tecnológico de Andalucía, Fase 1.ª” del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga
que sitúa al Norte del actual Parque Tecnológico de Andalucía, separado ambos por el
Arroyo de los Pilones y el Carril de la Bodega del término municipal de Málaga.–Tiene
forma irregular y linda al norte con vial 4, al Sur, con parcela VF-8; al Oeste, con vial 4 y
parcela VF-8; al Este, con Vial 9. Tiene una extensión superficial de cuatro mil quinientos
sesenta y cuatro metros setenta y ocho decímetros cuadrados, 4.564,78 m². Tiene
asignada una Edificabilidad de tres mil seiscientos cincuenta y un metros ochenta y dos
decímetros cuadrados de techo y su uso y destino es público y social.
Finca Registral de sección 4.ª n.º 59.182 en el Registro de la Propiedad n.º 8 de
Málaga, al tomo 3.241; libro 1.120, folio 152.
Referencia catastral 1279902UF6617N0001BG.

cve: BOE-A-2025-5042
Verificable en https://www.boe.es

Parcela núm. 1: