Comunidad Autónoma Del Principado de Asturias. I. Disposiciones generales. Ciencia, tecnología e innovación. (BOE-A-2025-4911)
Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 33569
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
4911
Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en
nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del
Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente ley del
Principado de Asturias de Ciencia, Tecnología e Innovación.
PREÁMBULO
1. Las regiones que prioricen sus políticas de ciencia e innovación serán aquellas
capaces de adaptarse y transformarse frente a entornos y escenarios cada vez más
volátiles, inciertos, complejos y ambiguos. Además, aquellas que diseñen los
mecanismos para conseguir sinergias en la zona de solapamiento entre ambas políticas
podrán alinear sus recursos con programas tan relevantes como el Pacto Verde Europeo
o el Programa Europa Digital. Ligar los conceptos de promoción económica e innovación
y desplegar ambiciosos programas científicos plurianuales es una de las vías para
conseguir el efecto transformador de la ciencia sobre la economía y para lograr un
crecimiento sostenible, digital e inclusivo.
2. Los cambios operados en los últimos años y los que están en curso tanto a
escala nacional como europea y la situación excepcional creada como consecuencia de
la COVID–19 han posicionado a la ciencia como una de las principales vías para
encontrar soluciones y desarrollar iniciativas con las que poder relanzar la actividad
económica y restablecer el estado de bienestar. La pandemia movilizó una serie de
recursos sin precedentes, coordinados a escala europea, que en España tuvo como hoja
de ruta la publicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Entre
otras cuestiones, este plan impone una reforma institucional necesaria y orientada a
fortalecer y mejorar las capacidades del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación para mejorar su eficacia, coordinación, gobernanza y transferencia del
conocimiento.
3. El Gobierno de España, en línea con las directrices de la Unión Europea y sus
recomendaciones de incrementar la inversión en I+D recogidas en sus últimos Informes
País, ha alcanzado un pacto para lograr, en 2030, una inversión del 3 % del PIB en I+D,
de la que el sector público aportaría un 1,25 % y el privado, un 1,75 %. Alcanzar estas
cifras pasa por aumentar tanto los centros y grupos de investigación como las empresas
innovadoras. Es importante que el Principado de Asturias se dote de los mecanismos
presupuestarios adecuados que permitan acompañar estas políticas y converger con las
medias de inversión nacionales y europeas.
4. En el Principado de Asturias, la creación de la Consejería de Ciencia, Innovación
y Universidad en la XI legislatura ha sido el primer paso hacia un cambio en el sistema
de gobernanza asturiano de la política científica y de innovación en busca de su impulso
definitivo. La puesta en funcionamiento de la Agencia de Ciencia, Competitividad
Empresarial e Innovación y la reordenación de las competencias en investigación y
desarrollo (I+D) agroalimentario, biomédico y biotecnológico, el segundo paso. Como
objetivo global, estas reformas buscan, por un lado, fomentar el avance del conocimiento
científico–tecnológico y la formación de recursos humanos especializados, y, por otro,
constituir una base sólida que sirva de apoyo a una industria y un tejido empresarial más
cve: BOE-A-2025-4911
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 33569
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
4911
Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en
nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.2 del
Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente ley del
Principado de Asturias de Ciencia, Tecnología e Innovación.
PREÁMBULO
1. Las regiones que prioricen sus políticas de ciencia e innovación serán aquellas
capaces de adaptarse y transformarse frente a entornos y escenarios cada vez más
volátiles, inciertos, complejos y ambiguos. Además, aquellas que diseñen los
mecanismos para conseguir sinergias en la zona de solapamiento entre ambas políticas
podrán alinear sus recursos con programas tan relevantes como el Pacto Verde Europeo
o el Programa Europa Digital. Ligar los conceptos de promoción económica e innovación
y desplegar ambiciosos programas científicos plurianuales es una de las vías para
conseguir el efecto transformador de la ciencia sobre la economía y para lograr un
crecimiento sostenible, digital e inclusivo.
2. Los cambios operados en los últimos años y los que están en curso tanto a
escala nacional como europea y la situación excepcional creada como consecuencia de
la COVID–19 han posicionado a la ciencia como una de las principales vías para
encontrar soluciones y desarrollar iniciativas con las que poder relanzar la actividad
económica y restablecer el estado de bienestar. La pandemia movilizó una serie de
recursos sin precedentes, coordinados a escala europea, que en España tuvo como hoja
de ruta la publicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Entre
otras cuestiones, este plan impone una reforma institucional necesaria y orientada a
fortalecer y mejorar las capacidades del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación para mejorar su eficacia, coordinación, gobernanza y transferencia del
conocimiento.
3. El Gobierno de España, en línea con las directrices de la Unión Europea y sus
recomendaciones de incrementar la inversión en I+D recogidas en sus últimos Informes
País, ha alcanzado un pacto para lograr, en 2030, una inversión del 3 % del PIB en I+D,
de la que el sector público aportaría un 1,25 % y el privado, un 1,75 %. Alcanzar estas
cifras pasa por aumentar tanto los centros y grupos de investigación como las empresas
innovadoras. Es importante que el Principado de Asturias se dote de los mecanismos
presupuestarios adecuados que permitan acompañar estas políticas y converger con las
medias de inversión nacionales y europeas.
4. En el Principado de Asturias, la creación de la Consejería de Ciencia, Innovación
y Universidad en la XI legislatura ha sido el primer paso hacia un cambio en el sistema
de gobernanza asturiano de la política científica y de innovación en busca de su impulso
definitivo. La puesta en funcionamiento de la Agencia de Ciencia, Competitividad
Empresarial e Innovación y la reordenación de las competencias en investigación y
desarrollo (I+D) agroalimentario, biomédico y biotecnológico, el segundo paso. Como
objetivo global, estas reformas buscan, por un lado, fomentar el avance del conocimiento
científico–tecnológico y la formación de recursos humanos especializados, y, por otro,
constituir una base sólida que sirva de apoyo a una industria y un tejido empresarial más
cve: BOE-A-2025-4911
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