Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-4888)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Crit Interim España ETT, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 33215

También se aplicará a quienes solicitan un puesto de trabajo, al personal de puesta a
disposición, proveedores, clientes y visitas, así mismo, a las personas becarias o con
vinculación en prácticas con la misma.
El protocolo será de aplicación cuando se produzcan situaciones de discriminación y
acoso por razón de orientación sexual; identidad de género; expresión de género;
características sexuales y diversidad familiar durante el trabajo, en relación con el trabajo
o como resultado del mismo, en el marco de sus comunicaciones y, también, en las que
se realicen a través de las tecnologías de la información y de la comunicación (acoso
virtual o ciberacoso). Incluirá, asimismo, los sucesos que se produzcan en los trayectos
entre el domicilio y el lugar de trabajo; en el alojamiento proporcionado por la entidad
empleadora en caso de desplazamientos de la persona trabajadora relacionados con su
puesto de trabajo y responsabilidades.
Este protocolo tendrá una vigencia máxima de cinco años a partir del 1 de enero
de 2025 y deberá renovarse pasado este tiempo. Se seguirá aplicando hasta que no
haya uno nuevo que lo sustituya.
El presente procedimiento no impide el derecho de la víctima a denunciar, en
cualquier momento, ante la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, así como
ante la jurisdicción civil, laboral o penal.
Principios rectores y garantías del procedimiento
– Agilidad, diligencia y rapidez en la investigación y resolución de la conducta
denunciada que deben ser realizadas sin demoras indebidas, respetando los plazos que
se determinen para cada parte del proceso y que constarán en el protocolo.
– Respeto y protección de la intimidad y dignidad a las personas afectadas
ofreciendo un tratamiento justo a todas las implicadas.
– Confidencialidad: las personas que intervienen en el procedimiento tienen obligación
de guardar una estricta confidencialidad y reserva, no transmitirán ni divulgarán información
sobre el contenido de las denuncias presentadas, en proceso de investigación, o
resueltas.
– Protección suficiente de la víctima ante posibles represalias, atendiendo al cuidado
de su seguridad y salud, teniendo en cuenta las posibles consecuencias tanto físicas
como psicológicas que se deriven de esta situación y considerando especialmente las
circunstancias laborales que rodeen a la persona agredida.
– Contradicción a fin de garantizar una audiencia imparcial y un trato justo para
todas las personas afectadas.
– Restitución de las víctimas: si el acoso realizado se hubiera concretado en una
modificación de las condiciones laborales de la víctima la empresa debe restituirla en sus
condiciones anteriores, si así lo solicitara.
– Prohibición de represalias: queda expresamente prohibido y será declarado nulo
cualquier acto constitutivo de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las
tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación de
denuncia por los medios habilitados para ello, comparezcan como testigos o ayuden o
participen en una investigación sobre acoso.
Definiciones
Cualquier comportamiento basado en orientación sexual, identidad de género y/o
expresión de género de una persona que tenga la finalidad o provoque el efecto de
atentar contra su dignidad o su integridad física o psíquica o de crearse un entorno
intimidatorio, hostil, degradante, humillante, ofensivo o molesto será considerado como
acoso por razón de orientación sexual, identidad de género o de expresión de género.
Y este comportamiento será considerado como una conducta discriminatoria:
– Acoso discriminatorio; Cualquier conducta realizada por razón de alguna de las
causas de discriminación previstas en esta ley (orientación sexual, identidad sexual y/o

cve: BOE-A-2025-4888
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