Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2025-4908)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publican las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de electricidad para su adaptación a la negociación cuarto-horaria y a la nueva tipología de ofertas del mercado diario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33397
29.2 Entrega de posiciones para su liquidación por entrega física del operador del
mercado a plazo.
29.2.1
29.2.2
Período de envío.
Validaciones y respuesta.
29.3 Efectos de reenvío de información. Anulación de desagregaciones de los
agentes previamente enviados.
29.4 Recepción de desagregaciones de las posiciones abiertas de los agentes.
29.4.1
29.4.2
29.4.3
29.4.4
29.4.5
29.4.6
plazo.
29.5
29.5.1
29.5.2
Período de envío.
Contenido.
Desagregaciones por defecto.
Validaciones en la recepción y respuesta.
Actualización de información.
Creación de ofertas provenientes de las posiciones abiertas en el mercado
Intercambio de información con el operador del mercado a plazo.
Información de datos estructurales.
Información general de los mercados.
Regla 30.ª
30.1
30.2
30.3
30.4
30.5
Procedimiento de casación del mercado diario.
Validación de ofertas previa a la casación.
Determinación del listado de ofertas para la casación.
Procedimiento de casación.
Recasación del mercado diario ibérico.
Reapertura de recepción de ofertas a la sesión del mercado diario.
Regla 31.ª Cálculo del programa resultante de la casación del mercado diario.
Regla 32.ª Información del proceso de aceptación, verificación de ofertas y del
resultado de la casación del mercado diario.
Regla 33.ª Situaciones excepcionales.
Regla 34.ª Liquidación del mercado diario.
34.5.1 Renta de congestión del mercado diario en la interconexión entre España y
Portugal.
34.5.2 Renta de congestión del mercado diario en la interconexión entre España y
Francia.
34.6
Publicación de los resultados de la liquidación del mercado diario.
Regla 35.ª
Regla 36.ª
Regla 37.ª
Regla 38.ª
38.1
Programa diario base de funcionamiento.
Programa diario viable.
Objeto y conceptos básicos del mercado intradiario de subastas.
Ofertas al mercado intradiario de subastas.
Objeto y contenido de las ofertas de compra y venta.
cve: BOE-A-2025-4908
Verificable en https://www.boe.es
34.1 Precios a considerar a efectos de la liquidación de las ventas de energía
eléctrica en el mercado diario.
34.2 Precios a considerar a efectos de la liquidación de las compras de energía
eléctrica en el mercado diario.
34.3 Derechos de cobro en el mercado diario.
34.4 Obligaciones de pago en el mercado diario.
34.5 Rentas de congestión del mercado diario por el proceso de acoplamiento de
mercados.
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33397
29.2 Entrega de posiciones para su liquidación por entrega física del operador del
mercado a plazo.
29.2.1
29.2.2
Período de envío.
Validaciones y respuesta.
29.3 Efectos de reenvío de información. Anulación de desagregaciones de los
agentes previamente enviados.
29.4 Recepción de desagregaciones de las posiciones abiertas de los agentes.
29.4.1
29.4.2
29.4.3
29.4.4
29.4.5
29.4.6
plazo.
29.5
29.5.1
29.5.2
Período de envío.
Contenido.
Desagregaciones por defecto.
Validaciones en la recepción y respuesta.
Actualización de información.
Creación de ofertas provenientes de las posiciones abiertas en el mercado
Intercambio de información con el operador del mercado a plazo.
Información de datos estructurales.
Información general de los mercados.
Regla 30.ª
30.1
30.2
30.3
30.4
30.5
Procedimiento de casación del mercado diario.
Validación de ofertas previa a la casación.
Determinación del listado de ofertas para la casación.
Procedimiento de casación.
Recasación del mercado diario ibérico.
Reapertura de recepción de ofertas a la sesión del mercado diario.
Regla 31.ª Cálculo del programa resultante de la casación del mercado diario.
Regla 32.ª Información del proceso de aceptación, verificación de ofertas y del
resultado de la casación del mercado diario.
Regla 33.ª Situaciones excepcionales.
Regla 34.ª Liquidación del mercado diario.
34.5.1 Renta de congestión del mercado diario en la interconexión entre España y
Portugal.
34.5.2 Renta de congestión del mercado diario en la interconexión entre España y
Francia.
34.6
Publicación de los resultados de la liquidación del mercado diario.
Regla 35.ª
Regla 36.ª
Regla 37.ª
Regla 38.ª
38.1
Programa diario base de funcionamiento.
Programa diario viable.
Objeto y conceptos básicos del mercado intradiario de subastas.
Ofertas al mercado intradiario de subastas.
Objeto y contenido de las ofertas de compra y venta.
cve: BOE-A-2025-4908
Verificable en https://www.boe.es
34.1 Precios a considerar a efectos de la liquidación de las ventas de energía
eléctrica en el mercado diario.
34.2 Precios a considerar a efectos de la liquidación de las compras de energía
eléctrica en el mercado diario.
34.3 Derechos de cobro en el mercado diario.
34.4 Obligaciones de pago en el mercado diario.
34.5 Rentas de congestión del mercado diario por el proceso de acoplamiento de
mercados.